El pasado 16 de julio de 2026 el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social publico en el DOF el acuerdo que estable la implementación de la E. Firma como único certificado digital válido para la realización de movimientos afiliatorios y vinculación de representantes legales exclusivamente mediante Escritorio Virtual.

  1. El uso exclusivo de la Firma Electrónica Avanzada (E.FIRMA), cuyo certificado digital sea emitido por el Servicio de Administración Tributaria, en los actos que realicen las personas empleadoras o sujetos obligados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, cuando éstos opten por realizarlos mediante medios de comunicación electrónicos y firmarlos con la E.FIRMA, lo cual producirá los mismos efectos legales que los documentos presentados con firma autógrafa y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio que las disposiciones aplicables les otorgan a éstos.
  2. Tratándose de persona empleadora o sujeto obligado, persona física o moral, que autorice a realizar actos a su nombre y cuenta a una persona con carácter de representante legal, administrador o cualquiera que sea el nombre con el que se les designe, deberá realizar la vinculación exclusivamente por medio del Escritorio Virtual para lo cual el particular representante se autenticará mediante el uso de su E.FIRMA, y firmará conjuntamente con la persona representada, ambos mediante el uso de su E.FIRMA.

Con dicho acuerdo se aprueba la derogación del uso del Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y su certificado digital expedido por el IMSS para realizar actos ante el mismo, para ser exclusivo el uso de la FIEL, actualmente E. FIRMA.

Para dicho cambio se otorgar un periodo de transición de 90 días naturales, contados a partir de la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, para que las personas empleadoras o sujetos obligados puedan migrar al uso exclusivo de la E-FIRMA, es decir 13 de octubre de 2026.

El Procedimiento para seguir en la presentación de los avisos afiliatorios debe de ser el siguiente:

  1. Los representantes legales deben tener actualizada su e-firma como persona física, así como la del patrón o sujeto obligado
  2. Se debe ingresar al Escritorio Virtual del IMSS a realizar la vinculación de la persona autorizada a realizar actos a su nombre y cuenta a una persona con carácter de representante legal.
  3. Dicha autorización debe realizarse por medio de la autenticándose de la e-Firma del representante legal y la del patrón o sujeto obligado.

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Artículo por: Great Team-Capital Humano
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