by greatteam-rh | May 12, 2025 | Administración de Nómina, IMSS-INFONAVIT, Reclutamiento y Selección, Recursos Humanos, Seguridad Social
Es una obligación fiscal comunicar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) cualquier modificación que se realice en la empresa o negocio, como el cambio de domicilio; el cual debe ser notificado al Instituto en un plazo de 5 días hábiles a partir de que ocurra el cambio.
Como patrón, debes notificarlo al IMSS, en caso de no haber cambiado de clase, podrás continuar cubriendo tus cuotas con la misma prima con la que venías cotizando.
No dar aviso al IMSS o hacerlo de forma extemporánea es una infracción a la Ley del Seguro Social, conforme al artículo 304 A, fracción XVI.
La infracción señalada en el artículo anterior, se sancionarán considerando la gravedad y condiciones particulares del infractor con multa equivalente al importe de veinte a setenta y cinco veces el salario mínimo diario general vigente en la CDMX.
El cambio de domicilio lo puedes realizar en línea o acudiendo directamente a la subdelegación del IMSS.
Los requisitos son:
1. Aviso de Inscripción Patronal o de Modificación en su Registro (AFIL-01).
2. Aviso de Modificación de las empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo.
3. Aviso presentado ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
4. Comprobante de domicilio del centro de trabajo.
5. Tarjeta de Identificación Patronal (TIP).
6. Poder Notarial del Representante Legal
7. Identificación del Representante Legal
En Great Team podemos asesorarte con el cumplimiento correcto de tus obligaciones fiscales en el IMSS. contáctanos: https://greatteam.mx/contactanos
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by greatteam-rh | May 12, 2025 | Contabilidad Fiscal, Gestión Administrativa RRHH, IMSS-INFONAVIT, Ley Federal del Trabajo, Reclutamiento y Selección, Recursos Humanos
Introducción
Es un programa de reconocimiento y beneficios para las empresas que tienen un serio compromiso con sus colaboradores al pagar completa y puntualmente sus aportaciones y amortizaciones durante 10 bimestres continuos y no cuentan con adeudos vigentes ante el Infonavit
El programa Empresas de Diez reconoce a las empresas que cumplen con sus obligaciones patronales y mantienen un excelente comportamiento fiscal y jurídico con el Infonavit.
Estos programas buscan incentivar el cumplimiento puntual de las obligaciones patronales de las empresas líderes en su segmento para que sean un referente en las prestaciones y estabilidad laboral que brindan a sus colaboradores
Desarrollo
El programa Empresa de Diez cuenta con un objetivo principal: reconocer y ofrecer beneficios a los patrones que cumplen puntualmente y de forma continua con el pago de sus aportaciones y amortizaciones patronales durante al menos los últimos 10 bimestres y que, además, no tienen adeudos vigentes ante el Infonavit, ya que éstas son acciones que muestran el compromiso que tienen con sus colaboradores.
Beneficios
- Las empresas que participan son reconocidas públicamente en los eventos organizados por las delegaciones del Infonavit.
- Se les otorga un certificado que las avala como empresas cumplidas, el cual pueden descargar desde el Portal Empresarial.
- Servicios especiales por parte del Instituto atendiendo a sus necesidades y a las de sus colaboradores.
- Los patrones que hayan sido Empresas de Diez en algún momento durante el último año podrán adherirse a la Campaña de Facilidades de Pago para la Regularización de Adeudos Fiscales Cumplamos Juntos, que considera una modalidad especial y les otorga un porcentaje superior de condonación en recargos, multas y actualización de multas, en caso de tener algún adeudo con el Instituto.
Requisitos
- Las empresas deben cubrir bimestralmente con el 97% de la factura como mínimo. El 3% restante debe subsanarse durante la actualización de los movimientos afiliatorios pendientes de aplicar en cada periodo.
- Cumplir puntualmente con el pago completo de las aportaciones y amortizaciones al Infonavit durante los últimos 10 bimestres de manera continua, a más tardar en la fecha límite de pago establecida.
- No contar con indicios de evasión, auditorías activas, quejas abiertas o en proceso ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), medios de defensa contra el Instituto o pagos en exceso por concepto de amortización de créditos liquidados.
- El análisis de Empresas de Diez se realiza por grupo empresarial (RFC), por lo que es necesario que todos los Números de Registro Patronal (NRP) cumplan con los requisitos mencionados, un incumplimiento a los requisitos puede causar la descalificación de todo el grupo o corporativo
Procedimiento
Ingresa al Portal Empresarial en el siguiente enlace: https://bit.ly/3YF6xlF y en el módulo Consultas da clic en el apartado Empresas de Diez.
Great Team siempre interesado en compartir información con empresarios de Diez.
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by greatteam-rh | Abr 3, 2025 | Asesoría Fiscal, IMSS-INFONAVIT, Ley Federal del Trabajo, Recursos Humanos, Seguridad Social
El pasado 21 de febrero de 2025 se reformo, adiciono y derogaron diversas disposiciones de la ley del instituto del fondo nacional de la vivienda para los trabajadores y de la ley federal del trabajo, en materia de vivienda con orientación social dentro de las cuales destaca el siguiente cambio.
Las personas trabajadoras derechohabientes tendrán el derecho de elegir la vivienda nueva o existente, o el suelo que sea destinado para construcción, reparación o ampliación de vivienda a los que se aplique el importe del crédito que reciba con cargo al Fondo Nacional de la Vivienda. Al cumplir un año de cotización continua, las personas trabajadoras derechohabientes también tendrán el derecho de participar en el programa de arrendamiento social de vivienda construida o administrada por el Instituto que se encuentre cerca de su centro de trabajo, y a participar en los programas de opción de compra de dichas viviendas.
Las personas trabajadoras derechohabientes tendrán las siguientes obligaciones frente al Instituto en materia de arrendamiento social:
I.- Pagar en tiempo, forma y de manera completa las rentas a que estén obligados.
II.- Cuidar diligentemente la vivienda que se le otorgue como si fuera propia;
III.- Notificar al Instituto de cualquier defecto, daño o deterioro que observen, la reparación se realizará conforme a las políticas que establezca el Consejo de Administración, pudiendo establecer cargos a la persona trabajadora derechohabiente que resulte responsable de los daños a la vivienda
IV.- Desocupar y entregar la vivienda que se le otorgue al terminar el arrendamiento, y
V.- Está prohibido que las personas trabajadoras usen la vivienda para fines distintos a su habitación y residencia, así como darla en subarrendamiento.
Para los esquemas de arrendamiento social, las personas trabajadoras derechohabientes tendrán derecho a utilizar su subcuenta de vivienda como mecanismo de garantía conforme a los programas, reglas, requisitos y criterios de prelación que establezca el Consejo de Administración.
Se entenderá por persona trabajadora derechohabiente a toda aquella que sea titular de depósitos constituidos a su favor en el Instituto. Cuando una persona trabajadora derechohabiente hubiere recibido crédito del Instituto y éste tenga conocimiento de que ha dejado de percibir ingresos salariales, le otorgará prórrogas en los pagos de la amortización que tenga que hacer por concepto de capital e intereses ordinarios, con efectos retroactivos a la fecha en que se suscitó la pérdida del ingreso referido. Durante dichas prórrogas no se generarán intereses ordinarios.
En caso de que hayan transcurrido treinta años contados a partir de la fecha de otorgamiento del crédito, el Instituto lo liberará del saldo pendiente, excepto en caso de pagos omisos de la persona trabajadora o por prórrogas concedidas.
La persona trabajadora derechohabiente tiene derecho a recibir un crédito del Instituto, y una vez que lo haya liquidado podrá acceder a créditos subsecuentes, que serán otorgados siempre y cuando liquide efectivamente el anterior. Estos créditos podrán incluir esquemas de financiamiento en coparticipación con entidades financieras.
Los créditos que el Instituto otorgue a las personas trabajadoras estarán cubiertos por un seguro para los casos de incapacidad total permanente o de muerte, que libere a la persona trabajadora o a sus personas beneficiarias de las obligaciones, gravámenes o limitaciones de dominio a favor del Instituto derivados de esos créditos.
En Great Team podemos ayudarte con la gestión integral de tus recursos humanos y brindar esta asesoría a tus empleados de forma gratuita contáctanos: https://greatteam.mx/contactanos
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by greatteam-rh | Mar 4, 2025 | Administración de Nómina, IMSS-INFONAVIT, Ley Federal del Trabajo, Recursos Humanos, Seguridad Social
Si por la naturaleza del trabajo, el salario se integra con elementos variables que no puedan ser previamente conocidos, se sumarán los ingresos totales percibidos durante los dos meses inmediatos anteriores y se dividirán entre el número de días de salario devengado en ese período. Si se trata de un trabajador de nuevo ingreso, se tomará el salario probable que le corresponda en dicho período.
En los casos en que el salario de un trabajador se integre con elementos fijos y variables, se considerará de carácter mixto, por lo que, para los efectos de cotización, se sumará a los elementos fijos el promedio obtenido de los variables.
Los patrones estarán obligados a comunicar al Instituto dentro de los primeros cinco días hábiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre, las modificaciones del salario diario promedio obtenido en el bimestre anterior.
Los salarios variables y los derivados de revisiones contractuales, que afecten los salarios, se considerarán como fecha de origen del cambio de salario el primer día del mes calendario siguiente al bimestre que sirvió de base para establecer dicha modificación.
Las modificaciones descendentes del salario de los trabajadores, presentadas fuera de los plazos señalados en la Ley, surtirán efectos a partir de la fecha de recepción de los avisos por el Instituto.
Cuando los patrones realicen actos u omisiones, que impliquen el incumplimiento del pago de los conceptos fiscales, serán sancionados con multa del cuarenta al cien por ciento del concepto omitido.
Se considera infracción el acto u omisión del patrón “No” comunicar al Instituto o hacerlo extemporáneamente las modificaciones al salario base de cotización de los trabajadores.
Esta infracción, se sancionarán considerando la gravedad, condiciones particulares del infractor y en su caso la reincidencia; con multa equivalente al importe de veinte a ciento veinticinco veces el salario mínimo diario general vigente en la CDMX.
Cometen el delito de defraudación a los regímenes del seguro social, los patrones o sus representantes que, con uso de engaños o aprovechamiento de errores omitan total o parcialmente el pago de las cuotas obrero-patronales u obtengan un beneficio indebido con perjuicio al Instituto o a los trabajadores.
El delito de defraudación a los regímenes del seguro social se sancionará con las siguientes penas:
- Con prisión de tres meses a dos años cuando el monto de lo defraudado no exceda de trece mil salarios mínimos diarios vigentes en la CDMX;
- Con prisión de dos a cinco años cuando el monto de lo defraudado exceda de trece mil salarios mínimos diarios vigentes en la CDMX, pero no de diecinueve mil salarios mínimos diarios vigentes en la CDMX,
- Con prisión de cinco a nueve años, cuando el monto de lo defraudado fuere mayor de diecinueve mil salarios mínimos diarios vigentes en la CDMX.
En Great Team podemos asesorarte con la correcta presentación de tus modificaciones de salario parte fija y variable contáctanos: https://greatteam.mx/contactanos
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by greatteam-rh | Ene 21, 2025 | Administración de Nómina, Gestión Administrativa RRHH, IMSS-INFONAVIT
Continuamente como patrón nos preguntamos el costo que tendrá asegurar a un trabajador en el IMSS con un Salario X, o lo más importante, cuál será la carga social por tener al trabajador asegurado en el IMSS con la finalidad de valorar cuanto resulta el costo de este.
De manera sencilla te indicamos cómo puedes obtener este cálculo:
- Identificar si el sueldo del trabajador es Bruto o Neto, ya que el costo de la carga social va en función del Sueldo Bruto que se le pagará al trabajador, esto con la finalidad de poder obtener el Salario Diario (S.D.) del trabajador.
- Conocer el “puesto” que tendrá en la empresa para determinar la “clase de riesgo” bajo la cual estará cotizando y que tipo de percepciones recibirá.
- Detallar las prestaciones de ley que se le otorgarán al trabajador, si son las mínimas de ley: 15 días de aguinaldo, 12 días de Vacaciones por el primer año y el 25% de Prima Vacacional, esto con la finalidad de poder obtener su factor de integración para el IMSS, o superiores a la Ley
Una vez identificados los puntos 1,2 y 3 ya podemos conocer el Salario Diario Integrado (S.D.I.) con el cuál será asegurado nuestro trabajador en el IMSS y de esta manera el costo que tendrá que pagar la empresa por el aseguramiento de este empleado
Ahora bien, para conocer el costo de tu carga social debes tener presente los siguientes porcentajes de cuota mensual que se te cobrarán en el IMSS por asegurar a cada trabajador:
- Una Cuota Fija establecida de $702.03 sin importar el salario del trabajador
- Un Excedente Patronal para (S.D.I.) superiores a 3 veces el valor de la UMA (113.14)
- El 1.75% por concepto de Prestaciones en Dinero y Gastos Médicos Pensionados
- El .5% de Riesgo de Trabajo si la prima de tu empresa se encuentra en la mínima de ley
- El 2.75% por concepto de Invalidez y Vida, así como Guarderías y Prestaciones Sociales
- El 2% por concepto de Retiro
- El 3.15% por concepto de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
- El 5% por concepto de Infonavit
No hay que olvidar que también dentro de la carga social debes considerar un pago del 4% por concepto del Impuesto sobre Nóminas en la Ciudad de México de manera mensual.
¿Si te interesa conocer cuál sería el Sueldo Neto que recibirán cada uno de tus empleados si son asegurados en el IMSS con sueldo mensual “X”, te invitamos a descargar nuestra calculadora de nómina?

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by greatteam-rh | Ene 13, 2025 | Administración de Nómina, Contabilidad Fiscal, IMSS-INFONAVIT, Ley Federal del Trabajo
Unidad de Medida y Actualización (UMA) 2025
Por parte del INEGI se publica el nuevo valor de la UMA 2025 $113.14 diarios.
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2025/uma/uma2025.pdf
La Unidad de Medida y Actualización es la referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores.
Los valores de la UMA que entran en vigor a partir del 01 de febrero de 2025 son:
Diario: $113.14
Mensual: $3,439.46
Anual: $41,273.52
Los cambios que debes de considerar con la actualización de la UMA en el pago de la nómina de tus trabajadores son:
- La actualización del tope del SDI en el IMSS de todos aquellos empleados que perciban un SDI mayor a 25 UMAs. $2,828.50 diarios
- La actualización de las percepciones exentas y gravadas para efectos de la Ley del ISR y los conceptos que se excluyen del SBC
- La actualización de los créditos Infonavit de los empleados con factor de descuento en VSM por medio de la actualización de la UMI
- La actualización en la determinación de las cuotas obrero-patronales del IMSS (SUA)
Te invitamos a descargar nuestra calculadora de cuotas obrero-patronales, la cual ya incluye la actualización de la UMA https://greatteam.mx/calculo-imss/ para un correcto cálculo y pago de la nómina de tus empleados.
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