by greatteam-rh | May 12, 2025 | Contabilidad Fiscal, Gestión Administrativa RRHH, IMSS-INFONAVIT, Ley Federal del Trabajo, Reclutamiento y Selección, Recursos Humanos
Introducción
Es un programa de reconocimiento y beneficios para las empresas que tienen un serio compromiso con sus colaboradores al pagar completa y puntualmente sus aportaciones y amortizaciones durante 10 bimestres continuos y no cuentan con adeudos vigentes ante el Infonavit
El programa Empresas de Diez reconoce a las empresas que cumplen con sus obligaciones patronales y mantienen un excelente comportamiento fiscal y jurídico con el Infonavit.
Estos programas buscan incentivar el cumplimiento puntual de las obligaciones patronales de las empresas líderes en su segmento para que sean un referente en las prestaciones y estabilidad laboral que brindan a sus colaboradores
Desarrollo
El programa Empresa de Diez cuenta con un objetivo principal: reconocer y ofrecer beneficios a los patrones que cumplen puntualmente y de forma continua con el pago de sus aportaciones y amortizaciones patronales durante al menos los últimos 10 bimestres y que, además, no tienen adeudos vigentes ante el Infonavit, ya que éstas son acciones que muestran el compromiso que tienen con sus colaboradores.
Beneficios
- Las empresas que participan son reconocidas públicamente en los eventos organizados por las delegaciones del Infonavit.
- Se les otorga un certificado que las avala como empresas cumplidas, el cual pueden descargar desde el Portal Empresarial.
- Servicios especiales por parte del Instituto atendiendo a sus necesidades y a las de sus colaboradores.
- Los patrones que hayan sido Empresas de Diez en algún momento durante el último año podrán adherirse a la Campaña de Facilidades de Pago para la Regularización de Adeudos Fiscales Cumplamos Juntos, que considera una modalidad especial y les otorga un porcentaje superior de condonación en recargos, multas y actualización de multas, en caso de tener algún adeudo con el Instituto.
Requisitos
- Las empresas deben cubrir bimestralmente con el 97% de la factura como mínimo. El 3% restante debe subsanarse durante la actualización de los movimientos afiliatorios pendientes de aplicar en cada periodo.
- Cumplir puntualmente con el pago completo de las aportaciones y amortizaciones al Infonavit durante los últimos 10 bimestres de manera continua, a más tardar en la fecha límite de pago establecida.
- No contar con indicios de evasión, auditorías activas, quejas abiertas o en proceso ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), medios de defensa contra el Instituto o pagos en exceso por concepto de amortización de créditos liquidados.
- El análisis de Empresas de Diez se realiza por grupo empresarial (RFC), por lo que es necesario que todos los Números de Registro Patronal (NRP) cumplan con los requisitos mencionados, un incumplimiento a los requisitos puede causar la descalificación de todo el grupo o corporativo
Procedimiento
Ingresa al Portal Empresarial en el siguiente enlace: https://bit.ly/3YF6xlF y en el módulo Consultas da clic en el apartado Empresas de Diez.
Great Team siempre interesado en compartir información con empresarios de Diez.
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by greatteam-rh | Abr 24, 2025 | Asesoría Fiscal, Contabilidad Fiscal
Los trabajadores participarán en las utilidades de las empresas, de conformidad con el porcentaje (10%) que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
El reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual, aun cuando esté en trámite objeción de los trabajadores.
El importe de las utilidades no reclamadas en el año en que sean exigibles se agregará a la utilidad repartible del año siguiente.
La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales:
1. La primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios.
2. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.
Se entiende por salario la cantidad que perciba cada trabajador en efectivo por cuota diaria. No se consideran como parte de él las gratificaciones, percepciones y demás prestaciones a que se refiere el artículo 84, ni las sumas que perciba el trabajador por concepto de trabajo extraordinario.
Para determinar la participación de cada trabajador se formará una comisión integrada por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón formulará un proyecto, que determine la participación de cada trabajador y lo fijará en lugar visible del establecimiento.
Quedan exceptuadas de la obligación de repartir utilidades:
- Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento;
- Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.
- Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración;
- Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios;
- El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia;
- Las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Economía.
El derecho de los trabajadores a participar en el reparto de utilidades, reconocido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se ajustará a las normas siguientes:
- Los directores, administradores y gerentes generales de las empresas no participarán en las utilidades;
- Los demás trabajadores de confianza participarán en las utilidades de las empresas, pero si el salario que perciben es mayor del que corresponda al trabajador sindicalizado de más alto salario dentro de la empresa, o a falta de esté al trabajador de planta con la misma característica, se considerará este salario aumentado en un veinte por ciento, como salario máximo.
- El monto de la participación de los trabajadores al servicio de personas cuyos ingresos deriven exclusivamente de su trabajo, y el de los que se dediquen al cuidado de bienes que produzcan rentas o al cobro de créditos y sus intereses, no podrá exceder de un mes de salario;
- Las madres trabajadoras, durante los períodos pre y postnatales, y los trabajadores víctimas de un riesgo de trabajo durante el período de incapacidad temporal, serán considerados como trabajadores en servicio activo.
- Los trabajadores del hogar no participarán en el reparto de utilidades
- Los trabajadores eventuales tendrán derecho a participar en las utilidades de la empresa cuando hayan trabajado sesenta días durante el año, por lo menos.
El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.
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by greatteam-rh | Abr 10, 2025 | Asesoría Fiscal, Contabilidad Fiscal, Ley Federal del Trabajo, Seguridad Social
Los contribuyentes que obtengan ingresos como Personas Morales tendrán las siguientes obligaciones fiscales:
- Llevar la contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y el Reglamento de esta Ley
- Expedir los comprobantes fiscales por las actividades que realicen.
- Expedir los comprobantes fiscales en los que asienten el monto de los pagos efectuados de fuente de riqueza en México o de los pagos efectuados en el extranjero de instituciones de crédito del país.
- Formular un estado de posición financiera y levantar inventario de existencias a la fecha en que termine el ejercicio.
- Presentar declaración en la que se determine el resultado fiscal del ejercicio o la utilidad gravable del mismo y el monto del impuesto correspondiente.
- Presentar, ante las autoridades fiscales el saldo insoluto al 31 de diciembre del año anterior, de los préstamos que le hayan sido otorgados o garantizados por residentes en el extranjero.
- Presentar las declaraciones a que se refiere este artículo a través de medios electrónicos en la dirección de correo electrónico que al efecto señale el SAT.
- Llevar un registro de las operaciones que efectúen con títulos valor emitidos en serie.
- Obtener y conservar la documentación comprobatoria, tratándose de contribuyentes que celebren operaciones con partes relacionadas.
- Presentar, la información de las operaciones que realicen con partes relacionadas, efectuadas durante el año de calendario inmediato anterior.
- Tratándose de personas morales que hagan los pagos por concepto de dividendos o utilidades a personas físicas o morales.
- Tratándose de personas morales que celebren operaciones con partes relacionadas, éstas deberán determinar sus ingresos acumulables y sus deducciones autorizadas.
- Presentar, la información de las operaciones efectuadas en el año de calendario anterior, a través de fideicomisos por los que se realicen actividades empresariales en los que intervengan.
- Llevar un control de inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos terminados.
- Informar a las autoridades fiscales, las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos.
- Informar a las autoridades fiscales, de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000.00.
- Los contribuyentes residentes en el país que tengan establecimientos en el extranjero tendrán la obligación de llevar libros de contabilidad y registros del establecimiento en el extranjero.
- Las personas morales que distribuyan anticipos o rendimientos deberán expedir comprobante fiscal en el que conste el monto de los anticipos y rendimientos distribuidos, así como el impuesto retenido.
- Tratándose de contribuyentes que estén obligados o hayan optado por dictaminarse, deberán dar a un reporte en el que se informe sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales a su cargo en el ejercicio fiscal al que corresponda el dictamen.
- Informar a las autoridades fiscales, la enajenación de acciones o títulos valor que representen la propiedad de bienes emitidas por el contribuyente, efectuada entre residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México.
En Great Team podemos asesorarte con el cumplimiento correcto de los pagos de Nómina de tus empleados y la presentación de las declaraciones de ISR por concepto de Sueldos y Salarios. contáctanos: https://greatteam.mx/contactanos
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by greatteam-rh | Mar 19, 2025 | Administración de Nómina, Ambiente Laboral, Contabilidad Fiscal, Contratos Laborales, Ley Federal del Trabajo, NOM-035, Reclutamiento y Selección, Recursos Humanos
“En un equilibrio de costo-beneficio, las empresas ganan mucho más implementando la NOM-035 que no cumpliendo”
Después de cinco años, la norma aún no ha terminado de comprenderse y, en buena medida, esto ha generado una implementación a medias o, en otros casos, ni siquiera se ha hecho el esfuerzo por cumplir.
El principal problema es que la norma se ha visto como un trámite administrativo y que sólo la debe atender el personal de Recursos Humanos o de Seguridad y Salud, pero no permea en la empresa porque no se conocen las consecuencias para la salud de los trabajadores
La NOM-035 “llegó para quedarse” y actualmente está en una fase de mantenimiento que consiste en seguir aplicando la segunda ronda de encuestas y actualizar los planes de acción. Fue un avance importante en el mundo del trabajo que generó mayor consciencia en torno a la salud mental. El siguiente paso, es contar con herramientas adecuadas para identificar las consecuencias de los riesgos psicosociales y ser más conscientes de la importancia de la calidad de vida.
La norma en sí misma representa un gran avance en la promoción de la salud de los colaboradores, pero se necesita dar otros pasos para aspirar a contar con entornos organizacionales más sanos, algunos son la disminución de la jornada de trabajo, la regulación de los turnos nocturnos y el combate a la violencia laboral.
Pero la clave para mejorar los espacios laborales es que los directivos en las empresas impulsen las áreas de salud ocupacional. “Mientras estos departamentos no cuenten con el respaldo de la alta gerencia, difícilmente se puede avanzar”.
A cinco años de la implementación de la NOM 035 se reforzo la conciencia de los empleadores sobre la importancia de prevenir y desarrollar planes de acción para procurar el bienestar de sus colaboradores, aunque aún existen retos de mejoras en las empresas.
“En las organizaciones que lo han implementado y que han sido cuidadosas en dar seguimiento a los resultados, podemos notar un beneficio tanto físico como emocional de los colaboradores”
En esta segunda ronda de aplicación para las organizaciones se puede ver un antes y un después en los niveles motivacionales de los colaboradores. Pese a que México es uno de los países que más horas se trabajan al año, la productividad es baja debido precisamente a las largas jornadas laborales y a cargas altas de trabajo, lo que deriva en problemas de salud física y mental. Esta norma busca establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir factores de riesgo psicosocial y con ello promover un entorno favorable en los centros de trabajo cuidando la salud de las personas.
El liderazgo es clave para el funcionamiento de la NOM, en el caso de las cargas de trabajo, una de las acciones es que los jefes evalúen y revisen las descripciones de los puestos de los colaboradores, es decir, los roles y las responsabilidades para que tengan claridad en lo que les corresponde hacer y tengan más delimitadas sus funciones y no estén tan estresados en ocasiones haciendo labores que no les corresponden y a veces se duplican.
Otro punto importante es buscar un liderazgo empático que sea consciente de la situación de los colaboradores y se involucren en conocerlos y entiendan la situación emocional de su equipo. Los retos que actualmente enfrentan se relacionan con el cuidado del capital humano,
Además, la NOM-035 es importante porque ayuda a las empresas a ser más competitivas con un ambiente laboral saludable y seguro que puede mejorar la productividad, reducir la rotación de personal y mejorar la imagen de la empresa. De igual manera con la NOM-035, los colaboradores se sienten más valorados, ya que pueden ser tomados en cuenta para incentivar mejoras en las condiciones laborales.
Great Team, como firma especializada en todo lo relacionado a su Capital Humano, queda atenta a su llamado.
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by greatteam-rh | Mar 11, 2025 | Administración de Nómina, Contabilidad Fiscal, Gestión Administrativa RRHH, Reclutamiento y Selección, Recursos Humanos
El Anexo 20 es el estándar técnico que específica la estructura, forma y sintaxis que deben de contener los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet que expidan los contribuyentes (personas físicas y morales).
1.Formato estándar del Comprobante Fiscal Digital por Internet versión 4.0
2.Fecha y hora de expedición del comprobante fiscal
3.El sello digital del comprobante fiscal generado con el certificado de sello digital del contribuyente emisor del comprobante
4.Datos de las percepciones de pago y deducciones
5.Se debe registrar el valor “MXN” en la Moneda
6.Se debe registrar la clave “N” (Nómina) con la que se identifica el tipo de comprobante fiscal
7.Se debe registrar la clave PUE (Pago en una sola exhibición)
8.Se debe registrar el código postal del lugar de expedición del comprobante (domicilio de la matriz o de la sucursal)
9.Se debe expresar la información del contribuyente que emite el comprobante fiscal (empleador): RFC, Nombre, Uso del CFDI “P01”
10.Clave del Proveedor de Servicio (84111505)
11.Cantidad (Se debe registrar el valor “1”)
12.Clave de la unidad (se debe registrar el valor “ACT”)
13.Descripción. Se debe registrar el valor “Pago de nómina”
14.Valor unitario, Importe, Descuento
Cuando se emita un comprobante fiscal por concepto de nómina, se deberá de incorporar el “Complemento de recibo de pago de nómina”.
Complemento para el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para expresar la información que ampara conceptos de ingresos por salarios, la prestación de un servicio personal subordinado o conceptos asimilados a salarios versión 1.2
a.Tipo de nómina
b.Fecha de pago (inicial y final)
c.No de días pagados
d.Total de percepciones
e.Total de deducciones
f.Otros pagos
g.CURP
h.Registro patronal
i.RFC del patrón
j.Origen del recurso
k.Numero de seguridad social
l.Fecha inicial de la relación laboral
m.Antigüedad
n.Tipo de contrato
o.Si es o no Sindicalizado
p.Tipo de jornada
q.Tipo de régimen
r.Número empleado
s.Departamento
t.Puesto
u.Tipo de riesgo
v.Periodicidad de pago
w.Banco
x.Cuenta bancaria
y.Salario base de cotización
z.Salario diario integrado
aa.Clave entidad federativa
bb.Clave de control interno
cc.Concepto
dd.Importe gravado y exento
ee.Días de pago
ff.Importe pagado
En Great Team podemos asesorarte con el cumplimiento correcto de tus CFDI´S de nómina contáctanos: https://greatteam.mx/contactanos
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by greatteam-rh | Ene 13, 2025 | Administración de Nómina, Contabilidad Fiscal, Ley Federal del Trabajo, NOM-035
¿Qué comisiones mixtas debe tener mi empresa?
Atendiendo las peculiaridades y complejidad de las relaciones laborales, la Ley Federal del Trabajo establece la necesidad de unir fuerzas para el efectivo cumplimiento de las reglas implícitas, mediante la creación de comisiones mixtas de trabajo para lograr acuerdos en beneficio de la empresa y de su mejor funcionamiento.
Las comisiones mixtas son importantes para toda empresa porque son obligatorias, además de lo obvio, que básicamente es cumplir con estas obligaciones como empleador para evitar sanciones y multas, las comisiones mixtas pueden ser espacios muy útiles para conseguir que las políticas de la empresa se integren con naturalidad en el día a día del talento.
Algo importante hay que destacar antes de explicar los tipos de comisiones que existen, es que “El Patrón” tiene la obligación de participar en la integración y funcionamiento de las comisiones que deberán formarse en cada centro de trabajo. Son órganos compuestas por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón. Se crean con el objetivo de mejorar el ambiente de trabajo y cumplir con las obligaciones legales.
La creación de cada comisión se debe documentar a través de un acta firmada por sus integrantes y resguardar por cualquier inspección por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
¿Aplica para todas las empresas?
De las cinco comisiones contempladas en la LFT, cuatro son de carácter obligatorio para toda empresa que cuenta con, al menos, un trabajador. La obligatoriedad de la comisión restante es solo para compañías a partir de los cincuenta empleados:
- Comisión Mixta de Seguridad e Higiene
2- Comisión mixta para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
3- Comisión Mixta para la Elaboración del Cuadro General de Antigüedades.
4- Comisión Mixta para la Elaboración del Reglamento Interior de Trabajo.
- Comisión Mixta de Productividad, Capacitación y Adiestramiento
¿Cómo se constituyen las comisiones mixtas?
Las comisiones mixtas se constituyen mediante un acta, donde se debe detallar la creación de esas entidades, su conformación y las personas que la integran que deben firmarla.
- Comisión Mixta de Seguridad e Higiene en el trabajo
Esta comisión solo es obligatoria para aquellas empresas que sean dueñas de las instalaciones o que cuenten con un contrato de arrendamiento o comodato que obligue a ser responsables de garantizar que las instalaciones de los centros de trabajo sean seguras para los trabajadores.
Se compondrá por el mismo número de representantes de los trabajadores y del patrón, cuando se tenga menos de 15 trabajadores estará compuesta por un representante del patrón y un representante de los trabajadores, y cuando se tenga más de 15 deberá constituirse por un mínimo de 2 representantes de cada parte.
Esta comisión será la encargada de investigar las causas de los accidentes, las enfermedades de trabajo y proponer medidas de prevención, así como de vigilar su cumplimiento. La comisión debe vigilar la observancia de las sugerencias, así como de las normas oficiales (NOM) asociadas a la industria y de las demás disposiciones en la materia:
- NOM-019- STPS- 2011. constitución, integración, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene.
- NOM- 035-STPS-2018. obligatorio a partir de octubre 2019. (Prevención de Factores de Riesgo Psicosocial) segunda fase, obligatorio a partir de octubre 2020
Las multas por incumplimiento oscilan entre $40,000 y $450,000 pesos
Funciones de esta comisión mixta:
- Verificar, mediante observaciones o documentación, las condiciones de seguridad e higiene de la empresa.
- Vigilar el cumplimiento de las normas aplicables a la seguridad e higiene en los centros de trabajo
- Fomentar e implementar medidas para prevenir accidentes y enfermedades laborales.
- Comisión Mixta para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresa
La comisión será integrada por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón a partir del segundo año de funcionamiento en las empresas de nueva creación y aquellas empresas de nueva creación dedicadas a elaborar un producto nuevo en los primeros dos años no tendrán la obligación de dar utilidades, así como las empresas extractivas durante su periodo de exploración.
Objetivo: encargada de elaborar un proyecto que determine la participación de cada trabajador de la empresa en las utilidades de ésta por cada ejercicio fiscal que transcurra, basados en la lista de asistencia y nómina de los trabajadores, así como la declaración anual enterada a la Secretaría de Hacienda y demás elementos que se requieran que el patrón tiene la obligación de poner a disposición de la comisión. Dicho proyecto deberá ser fijado en un lugar visible del establecimiento para conocimiento de todos los trabajadores.
Su constitución se recomienda a más tardar, 10 días después que el patrón entrega copia de la declaración anual a los trabajadores.
- 3. Comisión Mixta para la Elaboración del Cuadro General de Antigüedades
Registra la antigüedad de los trabajadores para poder determinar la posición jurídica de un colaborador respecto a los demás y así gestionar de forma justa los derechos de preferencia frente al movimiento escalafonario de cada organización (promociones laborales). En este se establece: “Los trabajadores de planta y trabajadores temporales tienen derecho en cada empresa a que se determine su antigüedad”.
La Ley ordena se realice el cuadro general de antigüedades a efecto de que los trabajadores puedan determinar su posición jurídica respecto de los demás trabajadores, toda vez que conforme transcurre el tiempo se adquieren más derechos como trabajador, motivo por el cual se ordena que dicho cuadro sea elaborado por una comisión que sea imparcial y vigile que la información que ahí se proporcione sea verídica y actualizada
- Comisión Mixta para la Elaboración del Reglamento Interior de Trabajo
La comisión se integrará por representantes del patrón y de los trabajadores. Dicha comisión será la encargada de elaborar el proyecto del RIT que contendrá las disposiciones obligatorias de ambas partes en el desarrollo del trabajo y aprobarlo ,También se obliga a difundir las normas que rigen en el centro laboral, desde luego, con apego a la Ley y busca el equilibrio entre los intereses patronales y el de los colaboradores.
Su cumplimiento y revisión por parte de la STPS se realiza a través del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral que corresponda (CEFECOREL)
- Comisión Mixta de Productividad, Capacitación y Adiestramiento
Para garantizar su cumplimiento en el artículo 153-E se establece que las empresas que tengan más de 50 empleados deben constituir Comisiones mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad. Estas se deben integrar con igual número de representantes de los trabajadores y de los patrones.
Aquí mismo se detallan las funciones de esta comisión:
Vigilar, instrumentar, operar y mejorar los sistemas y programas de capacitación y adiestramiento.
Proponer cambios en la maquinaria, equipos, organización del trabajo y las relaciones laborales. Esto para alcanzar mejores prácticas tecnológicas y organizativas que permitan incrementar la productividad laboral.
Fomentar medidas acordadas por el Comité Nacional y los Comités Estatales de Productividad e impulsar así la capacitación, medir y elevar la productividad y garantizar el reparto equitativo de sus beneficios.
Vigilar el cumplimiento de los acuerdos de productividad.
Resolver objeciones que presenten los trabajadores por la distribución de los beneficios de la productividad.
¿Qué sanciones existen para las empresas que no constituyan comisiones mixtas?
Este es uno de los aspectos más delicados en relación con las comisiones mixtas, porque como toda obligación determinada por ley, debe cumplirse sin excepciones, de lo contrario, las empresas pueden ser blanco de las sanciones que impone la secretaria de Trabajo y Previsión Social, luego de que la Dirección General de Inspecciones en el Trabajo verifique un incumplimiento.
¿En qué consisten estas sanciones?
La forma típica de apercibimiento en estos casos son multas para las empresas, que varían de 50 a 5000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), la cual se actualiza todos los años.
Existen sanciones ante la omisión de integrar las comisiones, multas de 50 a 500 veces del salario mínimo general vigente, al patrón que no acredite, ni exhiba dentro del plazo que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, los documentos que acrediten la constitución, integración, organización y funcionamiento de la comisión.
Como firma especializada en materia laboral, quedamos a la disposición por cualquier orientación adicional.
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