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Con la llegada del COVID 19, una de las principales preocupaciones que enfrentan las pequeñas y medianas empresas es poder llevar a cabo la contratación de personal sin tener la certeza de saber si lograran contrarrestar los efectos económicos.

Por lo mismo, es de suma importancia que las empresas y/o negocios recurran a la opción de la subcontratación de personal por medio de un Outsourcing legal, que les brinde la confianza y tranquilidad en la prestación de este servicio.

Beneficios que ofrece el Outsourcing:

  • Contar con la experiencia en la administración de personal, tipos de contratos, jornadas de trabajo y planes de compensación salarial.
  • Reclutamiento y Selección de personal operativo, de tecnología,  administrativo gerencial.
  • Inscripción y registro de empleados en el IMSS y RFC.
  • Manejo de nómina y Seguridad social del personal.
  • Soporte laboral y fiscal en la contratación de personal.
  • Otorgamiento de beneficios a los colaboradores, sociales, recreativos y de vida.

La contratación de los servicios de un Outsourcing se realiza con la finalidad de poder delegar a un tercero un trabajo especializado que le permita a la empresa enfocarse esencialmente a la principal actividad de su negocio.

Al llevar a cabo la contratación de este servicio se debe tener presente, que ambas partes son  responsables solidarios entre sí en relación al trabajador. Por esta razón es de suma importancia que el contratante beneficiario del servicio, se cerciore del cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia del Outsourcing y aplique de manera correcta su deducción de ISR y acreditamiento de IVA.

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Al contratar los servicios de subcontratación también es  importante conocer e identificar todas las obligaciones fiscales, de seguridad social y laboral que debe cumplir un Outsourcing legal:

  • La primera de ellas es tener presente que la contratación de los servicios de un outsourcing, no podrán abarcar la totalidad de las actividades, iguales o similares en su totalidad, los cuales deberán justificarse por su carácter especializado.
  • La segunda es cerciorarse que los proveedores de servicios de Outsourcing no se encuentren en la relación de contribuyentes no localizados, incumplidos, con adeudos fiscales o aquellos que realizan operaciones inexistentes conocidos como EDOS o EFOS.
  • La tercera es verificar que el Outsourcing cumpla de manera correcta y oportuna el entero de las retenciones de ISR de los empleados, el pago del IVA trasladado, así como el pago de las cuotas de seguridad social.
  • La cuarta es comunicar trimestralmente ante el IMSS e INFONAVIT la celebración de los contratos de subcontratación laboral por el contratista y por el contratante.
  • Por último, al considerarse la subcontratación laboral como una actividad vulnerable existe la obligación de informar de manera mensual en el portal de prevención de lavado de dinero, las operaciones celebradas con los contratantes y no ser considerados recursos de procedencia ilícita.

Por lo anteriormente explicado,  antes de llevar acabo la contratación de los servicios de subcontratación; es imprescindible cerciorarnos que la empresa tenga el conocimiento de las obligaciones que debe cumplir como Outsourcing y que efectivamente las lleve a cabo. Dichas revisiones podrá realizarlas el contratante de manera trimestral para confirmar el cumplimiento correcto y puntual del Outsourcing.

Articulo por:
C.P. Manuel Vázquez Nava
Grupo Great Team.
www.greatteam.mx

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