by greatteam-rh | Dic 3, 2024 | Administración de Nómina, Asesoría Fiscal, FONACOT, Ley Federal del Trabajo, NOM-035, Recursos Humanos
Una de nuestras recomendaciones antes de que termine el ejercicio fiscal 2024 es la validación que la información de los CFDI´s de Nómina del ejercicio sea correcta de acuerdo a las disposiciones fiscales establecidas en ley.
- La primera de ellas, es que la emisión de los CFDI´s de Nómina deben estar timbrados de acuerdo a la última versión 4.0 y con el complemento de nómina 1.2
- Validar que la determinación del ISR de los empleados sea la correcta y se aplique de forma mensual.
- Verificar el cálculo y aplicación del Subsidio para el Empleo para aquellos empleados que perciben un ingreso mensual inferior a $9,081.00
- Revisar la aplicación de los Nodos de percepciones y deducciones en base a la guía del llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento del SAT
Para el caso de los últimos rubros lo ideal es efectuar una revisión de los parámetros de su nómina establecida y del sistema de nómina utilizado por la empresa con la finalidad de descartar cualquier posible error u omisión en los cálculos de la nómina del personal.
Para poder efectuar un timbrado oportuno y correcto de la nómina de sus empleados, se debe contar con los siguientes requisitos de sus empleados:
- RFC del empleado
- Nombre completo
- Régimen Fiscal
- Código Postal
La obtención de estos datos debe realizarse por medio de la Constancia de Situación Fiscal de cada empleado actualizada al momento de su ingreso: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/login/43824/reimprime-tus-acuses-del-rfc
Evita multas por errores u omisiones en el timbrado de los CFDI´s de Nómina
Analistas de nómina calificados en nómina, seguridad social y SAT se encuentran a sus órdenes para analizar de manera correcta y oportuna la emisión de sus CFDI´s de Nómina: https://greatteam.mx/contactanos
Artículo por: Great Team-Capital Humano
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by greatteam-rh | Nov 25, 2024 | Asesoría Fiscal, FONACOT, Gestión Administrativa RRHH, Ley Federal del Trabajo, NOM-035, Recursos Humanos, Seguridad Social
El artículo 132 de la LFT estable la obligación como patrones de afiliar al centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (INFONACOT), a efecto de que los trabajadores puedan ser sujetos del crédito que proporciona dicha entidad. La afiliación será gratuita para el patrón.
La obligación de inscribir el centro de trabajo al Infonacot https://login.fonacot.gob.mx/login/external?returnUrl=https://tramites.fonacot.gob.mx es para aquellos patrones que tienen trabajadores inscritos en el IMSS y que ya cuenta con la antigüedad de un año desde la fecha de inicio de sus operaciones.
La sanción por no afiliar el centro de trabajo al Infonacot, será con una multa que va de 50 a 1,500 veces la Unidad de Medida y Actualización; esto actualmente equivale de $ 5,428.00 a $ 162,855.00.
También es importante señalar que aquellos contribuyentes que deseen contar con su registro en el REPSE https://repse.stps.gob.mx/ porque se dedican a prestar servicios especializados o ejecutan obras especializadas deben tener su afiliación previa al Infonacot.
Requisitos:
- Estar debidamente constituidos ante el marco legal vigente.
- Estar inscrito ante el SAT.
- Solicitar su afiliación a través del Sistema Institucional de Afiliación en línea o en una Sucursal del Instituto FONACOT.
- Identificación oficial vigente con fotografía y firma (De la persona representante legal o facultada).
- eFirma del Centro de Trabajo.
- eFirma de la persona propietaria o Representante Legal o persona facultada para suscribir el convenio.
- Relación de Alta de Sucursales (para sucursales y para matrices que afilien sucursales).
Si aún no cuentas con tu afiliación al Fonacot en Great Team podemos ayudarte con dicho trámite, te invitamos agendar una reunión con nosotros para poder asesorarte: https://greatteam.mx/contactanos
Artículo por: Great Team-Capital Humano
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