El artículo 132 de la LFT estable la obligación como patrones de afiliar al centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (INFONACOT), a efecto de que los trabajadores puedan ser sujetos del crédito que proporciona dicha entidad. La afiliación será gratuita para el patrón.

La obligación de inscribir el centro de trabajo al Infonacot https://login.fonacot.gob.mx/login/external?returnUrl=https://tramites.fonacot.gob.mx es para aquellos patrones que tienen trabajadores inscritos en el IMSS y que ya cuenta con la antigüedad de un año desde la fecha de inicio de sus operaciones.

La sanción por no afiliar el centro de trabajo al Infonacot, será con una multa que va de 50 a 1,500 veces la Unidad de Medida y Actualización; esto actualmente equivale de $ 5,428.00 a $ 162,855.00.

También es importante señalar que aquellos contribuyentes que deseen contar con su registro en el REPSE https://repse.stps.gob.mx/ porque se dedican a prestar servicios especializados o ejecutan obras especializadas deben tener su afiliación previa al Infonacot.

Requisitos:

  • Estar debidamente constituidos ante el marco legal vigente.
  • Estar inscrito ante el SAT.
  • Solicitar su afiliación a través deSistema Institucional de Afiliación en línea o en una Sucursal del Instituto FONACOT.​
  • Identificación oficial vigente con fotografía y firma (De la persona representante legal o facultada).
  • eFirma del Centro de Trabajo.
  • eFirma de la persona propietaria o Representante Legal o persona facultada para suscribir el convenio.
  • Relación de Alta de Sucursales (para sucursales y para matrices que afilien sucursales).

Si aún no cuentas con tu afiliación al Fonacot en Great Team podemos ayudarte con dicho trámite, te invitamos agendar una reunión con nosotros para poder asesorarte: https://greatteam.mx/contactanos

Artículo por: Great Team-Capital Humano

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