Desafíos en Recursos Humanos para 2025. Parte I

La gestión de Recursos Humanos se enfrenta a grandes desafíos, desde la digitalización del departamento hasta el nacimiento de nuevos perfiles y herramientas de motivación.  Pero no es lo único con lo que hay que lidiar. 

  • Liderazgo y motivación  

Para muchas personas el trabajo, por diversos motivos, es una fuente continua de insatisfacción y malestar, lo que hace que los colaboradores se sientan descontentos profesional y personalmente lo que puede provocar procesos de estrés, ansiedad y desafección laboral que pueden llegar a provocar la disminución de su rendimiento laboral y de la productividad de la empresa, así como un aumento del ausentismo por bajas laborales.

Por el contrario, para otras muchas personas el trabajo aporta sentido a sus vidas, aumenta su autoestima, sienten que su labor es útil a los demás y encuentran un reconocimiento social. A través del trabajo, también se relacionan con otras personas, y encuentran cubiertas sus expectativas y deseos de mejorar y prosperar.

 Por tales motivos, la satisfacción en el trabajo es un elemento esencial para lograr colaboradores eficaces, implicados y comprometidos con la organización y dispuestos a aportar innovación y mejoras.

A.1 Implementación de sistemas de motivación

Llevar a cabo sistemas de motivación laboral dinámicos y transparentes. Algunas de las técnicas de motivación más usadas en gestión de Recursos Humanos son:

  1. Proporcionar incentivos tanto financieros (mediante dinero en efectivo, aumentos de sueldo, acciones de la empresa o tarjetas regalo) como no financieros (días adicionales de vacaciones, horas libres, flexibilidad, teletrabajo, políticas de bienestar empresarial, etcétera).
  2. Mejorar la conciliación familiar y laboral.
  3. Reconocer la labor de los trabajadores.
  4. Ofrecer formación de los trabajadores y planes de carrera.
  5. Fomentar el espíritu de empresa a través de actividades de equipo, tanto en horario laboral como extralaboral. 

A.2 Reconoce el talento desde la gestión de Recursos Humanos

Según los expertos, la propensión de una empresa a reconocer públicamente el talento de sus trabajadores es directamente proporcional al nivel de satisfacción y motivación de su fuerza laboral. 

En gestión de Recursos Humanos es tan importante saber reconocer los esfuerzos individuales como los logros del equipo.

  1. Detección y retención del talento interno

     Saber detectar, fidelizar y retener el talento interno de la compañía es el segundo gran desafío de la 

     gestión de Recursos Humanos.

El motivo es sencillo: de la misma manera que resulta más económico retener a los clientes que ya tenemos que atraer a nuevos, con los colaboradores sucede lo mismo. Para retener exitosamente al talento interno y evitar la fuga de talentos, necesitarás:

  • Contratar a personas compatibles con la cultura y los objetivos de tu organización. De nada te servirá esforzarte para fidelizar a un trabajador que no comparte en nada tu visión empresarial
  • Propiciar un buen clima laboral. El dinero no lo es todo: recuerda que nadie va a durar demasiado en un lugar de trabajo tóxico donde hay favoritismos o nepotismos. Para favorecerlo puedes usar encuestas de clima laboral o NOM 035
  • Cultivar la comunicación interna. Gracias a la comunicación interna tus colaboradores podrán: sumergirse en la cultura de la empresa e identificarse con ella, estar informados, participar en la toma de decisiones, ser escuchados, sentirse reconocidos, cultivar sus relaciones interpersonales y estar motivados.
  • Ofrecer posibilidades de crecimiento profesional. Recuerda que uno de los principales motivos por el cual el talento se marcha de una organización es la imposibilidad de ascender dentro de la misma.
  • Dar y pedir feedback constructivo. Esto te permitirá corregir errores, reforzar aspectos positivos y mejorar el desempeño de tu plantilla

A.3      No mandes, lidera   

Un buen líder sabe motivar al grupo y puede llevar a un equipo a su nivel más alto porque, ante todo, es un ejemplo a seguir para todos sus colaboradores. 

Un líder debe reunir tanto fortalezas para tratar con personas, como la capacidad de empatizar, buena comunicación o saber motivar, como buenas características a nivel profesional. Por ejemplo, saber trabajar en grupo, tener creatividad para resolver problemas, clarificar objetivos y trabajar en diversas líneas hacia el equipo. 

 El líder es la persona en la que confía el grupo, en la que recae la voluntad de los miembros por confianza, ya sea por aspectos técnicos, sociales, personales, ideológicos, etc. pero el líder no tiene por qué saber mandar, de hecho, no manda, el líder conduce, que es una labor mucho más complicada, ardua y conflictiva de cumplir. El jefe manda, mientras que el líder consigue que los demás le sigan sin necesidad de imponer su opinión.

Artículo por: Great Team-Capital Humano

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Cálculo de Pensión – Ley 73

Sabías que la vejez da derecho al asegurado en el IMSS del otorgamiento de una pensión. Dicho derecho al disfrute de la pensión de vejez comenzará a partir del día en que el asegurado cumpla con el requisito de haber cumplido 65 años y tener reconocidas por el Instituto un mínimo de quinientas cotizaciones semanales. El asegurado puede diferir, sin necesidad de avisar al Instituto, el disfrute de la pensión de vejez, por todo el tiempo que continúe trabajando con posterioridad al cumplimiento de estos requisitos. 

En el siguiente Link podrás consultar tu constancia de semanas cotizadas en el IMSS: https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/semanascotizadas-web/usuarios/IngresoAsegurado, solo necesitas CURP, NSS y correo electrónico.

El otorgamiento de la pensión de vejez sólo se podrá efectuar previa solicitud del asegurado y se le cubrirá a partir de la fecha en que haya dejado de trabajar. Los asegurados que reúnan los requisitos de la pensión por vejez tendrán derecho a disfrutar de una cuantía básica. 

Para los efectos de determinar la cuantía básica anual de la pensión y sus incrementos, se considera como salario diario el promedio correspondiente a las últimas doscientas cincuenta semanas de cotización. Si el asegurado no tuviere reconocidas las doscientas cincuenta semanas señaladas, se tomarán las que tuviere acreditadas, siempre que sean suficientes para el otorgamiento de una pensión por invalidez o por muerte.

El salario diario que resulte se expresará en veces el Salario Mínimo General para la CDMX (antes Distrito Federal) vigente en la fecha en que el asegurado se pensione, a fin de determinar el grupo de la tabla que antecede en que el propio asegurado se encuentre. Los porcentajes para calcular la cuantía básica, así como los incrementos anuales se aplicarán al salario promedio diario mencionado.

El derecho al incremento anual se adquiere por cada cincuenta y dos semanas más de cotización. Los incrementes a la cuantía básica, tratándose de fracciones de año, se calcularán en la siguiente forma: 

  1. Con trece a veintiséis semanas reconocidas se tiene derecho al cincuenta por ciento del incremento anual. 
  2. Con más de veintiséis semanas reconocidas se tiene derecho al cien por ciento del incremento anual. 

El Instituto otorgará a los pensionados, un aguinaldo anual equivalente a una mensualidad del importe de la pensión que perciban.

Te invitamos a descargar nuestra calculadora de Pensión-Ley 73, donde podrás obtener o proyectar el importe a recibir de tu pensión: https://greatteam.mx/calculo-imss/

Requieres asesoría con el tramite de tu pensión Ley-73 y/o. Contáctanos: ventas@greatteam.mx 

 

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¿Qué prestaciones preferirán los trabajadores en el 2025?

La publicación de este artículo en IDC llamó mi atención para reflexionar sobre las prestaciones que ofrecemos las empresas a nuestros colaboradores.

En realidad, podemos indicar que la oferta de prestaciones no es muy abundante y corresponde a uno de los cuatro principales retos en la búsqueda de empleo

En un contexto en el que apenas un 8% de los profesionistas planea mantenerse en su empleo actual, el mercado laboral en 2025 destaca la importancia de beneficios que prioricen el bienestar y el desarrollo profesional de nuestros colaboradores, señaló el estudio anual “Market Research 2025” de CompuTrabajo y Pandapé.

 En un año con un entorno económico desafiante, en donde las empresas pueden tener dificultades para ofrecer sueldos competitivos, es crucial adaptar las estrategias de recursos humanos para incluir beneficios laborales que respondan a las necesidades personales y profesionales de los candidatos.

En ese sentido, el documento detalló que las prestaciones más valoradas en 2025 según el estudio serán: 

  • Flexibilidad y teletrabajo, encabezan las preferencias de 5 de cada 10 profesionistas mexicanos
  • Oportunidades de crecimiento y de capacitación (32%)
  • Bonificaciones por desempeño (18%) 
  • Beneficios relacionados con la salud mental (4%).

Asimismo, advirtió que la escasa oferta de prestaciones es uno de los cuatro principales retos en la búsqueda de empleo, además de los procesos de búsqueda y selección largos y sin respuesta, salarios poco competitivos y poca transparencia sobre las responsabilidades del puesto.

Artículo por: Great Team-Capital Humano

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Costo de asegurar a un empleado en el IMSS 2025

Continuamente como patrón nos preguntamos el costo que tendrá asegurar a un trabajador en el IMSS con un Salario X, o lo más importante, cuál será la carga social por tener al trabajador asegurado en el IMSS con la finalidad de valorar cuanto resulta el costo de este.

De manera sencilla te indicamos cómo puedes obtener este cálculo:

  1. Identificar si el sueldo del trabajador es Bruto o Neto, ya que el costo de la carga social va en función del Sueldo Bruto que se le pagará al trabajador, esto con la finalidad de poder obtener el Salario Diario (S.D.) del trabajador. 
  2. Conocer el “puesto” que tendrá en la empresa para determinar la “clase de riesgo” bajo la cual estará cotizando y que tipo de percepciones recibirá.
  3. Detallar las prestaciones de ley que se le otorgarán al trabajador, si son las mínimas de ley: 15 días de aguinaldo, 12 días de Vacaciones por el primer año y el 25% de Prima Vacacional, esto con la finalidad de poder obtener su factor de integración para el IMSS, o superiores a la Ley 

Una vez identificados los puntos 1,2 y 3 ya podemos conocer el Salario Diario Integrado (S.D.I.) con el cuál será asegurado nuestro trabajador en el IMSS y de esta manera el costo que tendrá que pagar la empresa por el aseguramiento de este empleado

Ahora bien, para conocer el costo de tu carga social debes tener presente los siguientes porcentajes de cuota mensual que se te cobrarán en el IMSS por asegurar a cada trabajador:

  1. Una Cuota Fija establecida de $702.03 sin importar el salario del trabajador
  2. Un Excedente Patronal para (S.D.I.) superiores a 3 veces el valor de la UMA (113.14)
  3. El 1.75% por concepto de Prestaciones en Dinero y Gastos Médicos Pensionados
  4. El .5% de Riesgo de Trabajo si la prima de tu empresa se encuentra en la mínima de ley
  5. El 2.75% por concepto de Invalidez y Vida, así como Guarderías y Prestaciones Sociales
  6. El 2% por concepto de Retiro
  7. El 3.15% por concepto de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
  8. El 5% por concepto de Infonavit

No hay que olvidar que también dentro de la carga social debes considerar un pago del 4% por concepto del Impuesto sobre Nóminas en la Ciudad de México de manera mensual.

¿Si te interesa conocer cuál sería el Sueldo Neto que recibirán cada uno de tus empleados si son asegurados en el IMSS con sueldo mensual “X”, te invitamos a descargar nuestra calculadora de nómina?

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¿Qué comisiones mixtas debe tener mi empresa?

¿Qué comisiones mixtas debe tener mi empresa?

Atendiendo las peculiaridades y complejidad de las relaciones laborales, la Ley Federal del Trabajo establece la necesidad de unir fuerzas para el efectivo cumplimiento de las reglas implícitas, mediante la creación de comisiones mixtas de trabajo para lograr acuerdos en beneficio de la empresa y de su mejor funcionamiento.

Las comisiones mixtas son importantes para toda empresa porque son obligatorias, además de lo obvio, que básicamente es cumplir con estas obligaciones como empleador para evitar sanciones y multas, las comisiones mixtas pueden ser espacios muy útiles para conseguir que las políticas de la empresa se integren con naturalidad en el día a día del talento. 

Algo importante hay que destacar antes de explicar los tipos de comisiones que existen, es que “El Patrón” tiene la obligación de participar en la integración y funcionamiento de las comisiones que deberán formarse en cada centro de trabajo. Son órganos compuestas por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón. Se crean con el objetivo de mejorar el ambiente de trabajo y cumplir con las obligaciones legales.

La creación de cada comisión se debe documentar a través de un acta firmada por sus integrantes y resguardar por cualquier inspección por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

¿Aplica para todas las empresas?

De las cinco comisiones contempladas en la LFT, cuatro son de carácter obligatorio para toda empresa que cuenta con, al menos, un trabajador. La obligatoriedad de la comisión restante es solo para compañías a partir de los cincuenta empleados: 

  1. Comisión Mixta de Seguridad e Higiene 

               2-   Comisión mixta para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.

              3-   Comisión Mixta para la Elaboración del Cuadro General de Antigüedades.

              4-   Comisión Mixta para la Elaboración del Reglamento Interior de Trabajo.

  • Comisión Mixta de Productividad, Capacitación y Adiestramiento

 

¿Cómo se constituyen las comisiones mixtas?

Las comisiones mixtas se constituyen mediante un acta, donde se debe detallar la creación de esas entidades, su conformación y las personas que la integran que deben firmarla.

  • Comisión Mixta de Seguridad e Higiene en el trabajo 

Esta comisión solo es obligatoria para aquellas empresas que sean dueñas de las instalaciones o que cuenten con un contrato de arrendamiento o comodato que obligue a ser responsables de garantizar que las instalaciones de los centros de trabajo sean seguras para los trabajadores.

Se compondrá por el mismo número de representantes de los trabajadores y del patrón, cuando se tenga menos de 15 trabajadores estará compuesta por un representante del patrón y un representante de los trabajadores, y cuando se tenga más de 15 deberá constituirse por un mínimo de 2 representantes de cada parte. 

Esta comisión será la encargada de investigar las causas de los accidentes, las enfermedades de trabajo y proponer medidas de prevención, así como de vigilar su cumplimiento. La comisión debe vigilar la observancia de las sugerencias, así como de las normas oficiales (NOM) asociadas a la industria y de las demás disposiciones en la materia:

  • NOM-019- STPS- 2011. constitución, integración, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene. 
  • NOM- 035-STPS-2018. obligatorio a partir de octubre 2019. (Prevención de Factores de Riesgo Psicosocial) segunda fase, obligatorio a partir de octubre 2020 

                         Las multas por incumplimiento oscilan entre $40,000 y $450,000 pesos

Funciones de esta comisión mixta:

  • Verificar, mediante observaciones o documentación, las condiciones de seguridad e higiene de la empresa.
  • Vigilar el cumplimiento de las normas aplicables a la seguridad e higiene en los centros de trabajo
  • Fomentar e implementar medidas para prevenir accidentes y enfermedades laborales.
  1. Comisión Mixta para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresa

La comisión será integrada por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón a partir del segundo año de funcionamiento en las empresas de nueva creación y aquellas empresas de nueva creación dedicadas a elaborar un producto nuevo en los primeros dos años no tendrán la obligación de dar utilidades, así como las empresas extractivas durante su periodo de exploración. 

Objetivo: encargada de elaborar un proyecto que determine la participación de cada trabajador de la empresa en las utilidades de ésta por cada ejercicio fiscal que transcurra, basados en la lista de asistencia y nómina de los trabajadores, así como la declaración anual enterada a la Secretaría de Hacienda y demás elementos que se requieran que el patrón tiene la obligación de poner a disposición de la comisión. Dicho proyecto deberá ser fijado en un lugar visible del establecimiento para conocimiento de todos los trabajadores.

Su constitución se recomienda a más tardar, 10 días después que el patrón entrega copia de la declaración anual a los trabajadores.

  1. 3.  Comisión Mixta para la Elaboración del Cuadro General de Antigüedades

Registra la antigüedad de los trabajadores para poder determinar la posición jurídica de un colaborador respecto a los demás y así gestionar de forma justa los derechos de preferencia frente al movimiento escalafonario de cada organización (promociones laborales). En este se establece: “Los trabajadores de planta y trabajadores temporales tienen derecho en cada empresa a que se determine su antigüedad”.

La Ley ordena se realice el cuadro general de antigüedades a efecto de que los trabajadores puedan determinar su posición jurídica respecto de los demás trabajadores, toda vez que conforme transcurre el tiempo se adquieren más derechos como trabajador, motivo por el cual se ordena que dicho cuadro sea elaborado por una comisión que sea imparcial y vigile que la información que ahí se proporcione sea verídica y actualizada

  1. Comisión Mixta para la Elaboración del Reglamento Interior de Trabajo

 

La comisión se integrará por representantes del patrón y de los trabajadores. Dicha comisión será la encargada de elaborar el proyecto del RIT que contendrá las disposiciones obligatorias de ambas partes en el desarrollo del trabajo y aprobarlo ,También se obliga a difundir las normas que rigen en el centro laboral, desde luego, con apego a la Ley y busca el equilibrio entre los intereses patronales y el de los colaboradores. 

Su cumplimiento y revisión por parte de la STPS se realiza a través del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral que corresponda (CEFECOREL)

  1. Comisión Mixta de Productividad, Capacitación y Adiestramiento

Para garantizar su cumplimiento en el artículo 153-E se establece que las empresas que tengan más de 50 empleados deben constituir Comisiones mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad. Estas se deben integrar con igual número de representantes de los trabajadores y de los patrones.

Aquí mismo se detallan las funciones de esta comisión:

Vigilar, instrumentar, operar y mejorar los sistemas y programas de capacitación y adiestramiento.

Proponer cambios en la maquinaria, equipos, organización del trabajo y las relaciones laborales. Esto para alcanzar mejores prácticas tecnológicas y organizativas que permitan incrementar la productividad laboral.

Fomentar medidas acordadas por el Comité Nacional y los Comités Estatales de Productividad e impulsar así la capacitación, medir y elevar la productividad y garantizar el reparto equitativo de sus beneficios.

Vigilar el cumplimiento de los acuerdos de productividad.

Resolver objeciones que presenten los trabajadores por la distribución de los beneficios de la productividad.

¿Qué sanciones existen para las empresas que no constituyan comisiones mixtas?

Este es uno de los aspectos más delicados en relación con las comisiones mixtas, porque como toda obligación determinada por ley, debe cumplirse sin excepciones, de lo contrario, las empresas pueden ser blanco de las sanciones que impone la secretaria de Trabajo y Previsión Social, luego de que la Dirección General de Inspecciones en el Trabajo verifique un incumplimiento. 

¿En qué consisten estas sanciones? 

La forma típica de apercibimiento en estos casos son multas para las empresas, que varían de 50 a 5000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), la cual se actualiza todos los años.

Existen sanciones ante la omisión de integrar las comisiones, multas de 50 a 500 veces del salario mínimo general vigente, al patrón que no acredite, ni exhiba dentro del plazo que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, los documentos que acrediten la constitución, integración, organización y funcionamiento de la comisión.

Como firma especializada en materia laboral, quedamos a la disposición por cualquier orientación adicional.

Artículo por: Great Team-Capital Humano

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