by greatteam-rh | Dic 12, 2024 | Administración de Nómina, Asesoría Fiscal, Contabilidad Fiscal, Gestión Administrativa RRHH, IMSS-INFONAVIT, Ley Federal del Trabajo, Recursos Humanos, Seguridad Social
Salario mínimo es la cantidad menor que debe recibir en efectivo la persona trabajadora por los servicios prestados en una jornada de trabajo.
A partir del 1 de enero del 2025 el salario mínimo general se incrementa de 248.93 a 278.80 pesos diarios y que el salario mínimo de la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN) se incrementa de 374.89 a 419.88 pesos diarios.
Esto significa que para el 2025 el salario mínimo mensual, pasa de $7,467.00 a $8,364.00, y en la Zona Libre de la Frontera Norte a $12,596.40.
Asimismo, los salarios mínimos profesionales del listado integrado por 61 profesiones, oficios y trabajos especiales se incrementarán en 12%.
www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/960832/Tabla_de_Salarios_M_nimos_2025.pdf
El Salario Base de Cotización (SBC) es el sueldo que se registra ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y que se utiliza para calcular las contribuciones de seguridad social.
El nuevo Salario Base de Cotización mínimo en el IMSS para 2025 será de $292.54 pesos diarios, con el cual deberán estar asegurados todos aquellos trabajadores que perciban el salario mínimo general en 2025.
En Great Team podemos ayudarte a conocer cual será el incremento de tus cuotas obrero-patronales ante el IMSS con el incremento del salario mínimo general para 2025. Te invitamos agendar una reunión con nosotros: https://greatteam.mx/contactanos
Artículo por: Great Team-Capital Humano
www.greatteam.mx
©2024 – Todos los derechos reservados
by greatteam-rh | Dic 3, 2024 | Administración de Nómina, Asesoría Fiscal, FONACOT, Ley Federal del Trabajo, NOM-035, Recursos Humanos
Una de nuestras recomendaciones antes de que termine el ejercicio fiscal 2024 es la validación que la información de los CFDI´s de Nómina del ejercicio sea correcta de acuerdo a las disposiciones fiscales establecidas en ley.
- La primera de ellas, es que la emisión de los CFDI´s de Nómina deben estar timbrados de acuerdo a la última versión 4.0 y con el complemento de nómina 1.2
- Validar que la determinación del ISR de los empleados sea la correcta y se aplique de forma mensual.
- Verificar el cálculo y aplicación del Subsidio para el Empleo para aquellos empleados que perciben un ingreso mensual inferior a $9,081.00
- Revisar la aplicación de los Nodos de percepciones y deducciones en base a la guía del llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento del SAT
Para el caso de los últimos rubros lo ideal es efectuar una revisión de los parámetros de su nómina establecida y del sistema de nómina utilizado por la empresa con la finalidad de descartar cualquier posible error u omisión en los cálculos de la nómina del personal.
Para poder efectuar un timbrado oportuno y correcto de la nómina de sus empleados, se debe contar con los siguientes requisitos de sus empleados:
- RFC del empleado
- Nombre completo
- Régimen Fiscal
- Código Postal
La obtención de estos datos debe realizarse por medio de la Constancia de Situación Fiscal de cada empleado actualizada al momento de su ingreso: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/login/43824/reimprime-tus-acuses-del-rfc
Evita multas por errores u omisiones en el timbrado de los CFDI´s de Nómina
Analistas de nómina calificados en nómina, seguridad social y SAT se encuentran a sus órdenes para analizar de manera correcta y oportuna la emisión de sus CFDI´s de Nómina: https://greatteam.mx/contactanos
Artículo por: Great Team-Capital Humano
www.greatteam.mx
©2024 – Todos los derechos reservados
by greatteam-rh | Nov 25, 2024 | Asesoría Fiscal, FONACOT, Gestión Administrativa RRHH, Ley Federal del Trabajo, NOM-035, Recursos Humanos, Seguridad Social
El artículo 132 de la LFT estable la obligación como patrones de afiliar al centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (INFONACOT), a efecto de que los trabajadores puedan ser sujetos del crédito que proporciona dicha entidad. La afiliación será gratuita para el patrón.
La obligación de inscribir el centro de trabajo al Infonacot https://login.fonacot.gob.mx/login/external?returnUrl=https://tramites.fonacot.gob.mx es para aquellos patrones que tienen trabajadores inscritos en el IMSS y que ya cuenta con la antigüedad de un año desde la fecha de inicio de sus operaciones.
La sanción por no afiliar el centro de trabajo al Infonacot, será con una multa que va de 50 a 1,500 veces la Unidad de Medida y Actualización; esto actualmente equivale de $ 5,428.00 a $ 162,855.00.
También es importante señalar que aquellos contribuyentes que deseen contar con su registro en el REPSE https://repse.stps.gob.mx/ porque se dedican a prestar servicios especializados o ejecutan obras especializadas deben tener su afiliación previa al Infonacot.
Requisitos:
- Estar debidamente constituidos ante el marco legal vigente.
- Estar inscrito ante el SAT.
- Solicitar su afiliación a través del Sistema Institucional de Afiliación en línea o en una Sucursal del Instituto FONACOT.
- Identificación oficial vigente con fotografía y firma (De la persona representante legal o facultada).
- eFirma del Centro de Trabajo.
- eFirma de la persona propietaria o Representante Legal o persona facultada para suscribir el convenio.
- Relación de Alta de Sucursales (para sucursales y para matrices que afilien sucursales).
Si aún no cuentas con tu afiliación al Fonacot en Great Team podemos ayudarte con dicho trámite, te invitamos agendar una reunión con nosotros para poder asesorarte: https://greatteam.mx/contactanos
Artículo por: Great Team-Capital Humano
www.greatteam.mx
©2024 – Todos los derechos reservados
by greatteam-rh | May 13, 2024 | Gestión Administrativa RRHH, Ley Federal del Trabajo
En el dinámico mundo empresarial del 2024, las pequeñas y medianas empresas (PYMES) son pilares fundamentales de la economía.
Sin embargo, para mantenerse en el camino hacia el éxito, es crucial que los directores y propietarios comprendan y cumplan cabalmente con las obligaciones establecidas por la Ley Federal del Trabajo. Estas responsabilidades no solo garantizan un ambiente laboral justo y equitativo, sino que también protegen a la empresa de consecuencias económicas adversas derivadas de su omisión.
Un incumplimiento en este aspecto puede resultar en multas significativas y demandas laborales que podrían afectar seriamente las finanzas de la empresa.
1.- Registro de empleados
El primer paso fundamental para cumplir con las disposiciones legales es mantener un registro detallado y actualizado de todos sus colaboradores . Esto incluye información personal:
Documento |
Contenido |
Sanción por incumplimiento |
Contrato Laboral |
Tipo de contrato /tiempo determinado- indeterminado -obra determinada- capacitación .Lugar de trabajo. Actividades. |
Multa de 50 a 5,000 veces la UMA, esto es de:
$5,428.50 a $542,850.00 |
Salario |
Pagar semanal, catorcenal o quincena. Enterarlo en moneda nacional. |
Multa de 50 a 250 UMA, por un monto de:
$5,428.50 a $27,142.50 |
Jornada de trabajo |
Respetar máximos semanales( diurna 48 -nocturna 42-mixta 45) Conceder 30 minutos mínimo para comer. |
2.- Respeto a los derechos laborales
Los derechos laborales, deben ser respetados y otorgados conforme a lo establecido por la ley y contratos individuales de trabajo. Cualquier violación a estos derechos puede dar lugar a reclamaciones legales y sanciones económicas.
Documento |
Contenido |
Sanción por incumplimiento |
Descanso semanal |
Proporcionar al personal,cuando menos 1 día de descanso a la semana,atender al listado de días de descanso obligatorios LFT. |
Multa de 50 a 250 UMA, cantidad de:
$5,428.50 a $27,142.50 |
Vacaciones y prima vac. |
Conceder, cuando menos, 12 días de descanso por el primer año de servicios .Las vacaciones se disfrutan,evitar el pago en dinero. |
Aguinaldo y prestaciones |
La cantidad equivalente a 15 días de salario, como mínimo. El pago a más tardar el 19 de diciembre de cada año. |
Multa de 50 a 5,000 UMA, equivale de:
$5,428.50 a $542,850.00 |
Participación de Utilidades |
Distribuir el 10 % de su utilidad en el periodo de 60 días siguientes a la fecha en que se presente la declaración anual del ISR. |
Multa de 250 a 5,000 UMA, la cual va de:
$27,142.50 a $542,850.00 |
3.- Cumplimiento de normativas de seguridad y salud laboral
Es obligación del empleador proporcionar un ambiente laboral seguro y saludable, así como cumplir con todas las normativas legales de las comisiones mixtas obligatorias que debe de tener una empresa,y protocolos de seguridad establecidos por la ley.
Documento |
Contenido |
Sanción por incumplimiento |
Comisiones
Mixtas |
Comisión de seguridad e higiene. Comisión mixta de productividad, capacitación y adiestramiento. Comisión mixta para la participación de las utilidades.
NOM 035 y NOM 037 (Tele trabajo) |
Multa de 250 a 5,000 UMA; esto es de:
$27,142.50 a $542,850.00 |
4.- Procedimientos disciplinarios justos y transparentes
En caso de conflictos o situaciones disciplinarias, es esencial que los procedimientos sean justos, transparentes y respeten los derechos del trabajador. Los directores y propietarios deben seguir los protocolos establecidos por la ley y garantizar el debido proceso, evitando así posibles demandas por despido injustificado o violación de derechos laborales.
Documento |
Contenido |
Sanción por incumplimiento |
Tele trabajo (Home Office) |
El patrón que cuente con tele trabajadores, tiene que cumplir con obligaciones especiales. |
Multa de 250 a 5,000 UMA; esto es de:
$27,142.50 a $ 542,850.00 |
Negativa de Inspección |
El patrón que no permita la inspección y vigilancia que las autoridades de la STYPS ordene en su establecimiento por instructivo para qeu comparezca será notificado |
Multa de 250 a 5,000 UMA; esto es, de:
$27,142.50 a $542,850.00 |
Conservación de documentos |
Control de asistencia (faltas-descansos) Acta Administrativa de hechos de la causal de rescisión patronal
Contrato Individual de trabajo.
Comprobantes de vacaciones y prima. |
Multa de 50 a 5,000 UMA, esto es, de:
$5,187.00 a $18,700.00 Art. 1002 LFT |
Conclusión
El cumplimiento de las obligaciones laborales no es solo una cuestión de legalidad, sino también de ética empresarial y sostenibilidad económica.
En el competitivo entorno empresarial del 2024, las PYMES que priorizan el respeto a los derechos laborales y el cumplimiento de la normativa laboral no solo fortalecen su reputación y relaciones con los trabajadores, sino que también minimizan el riesgo de enfrentar consecuencias económicas adversas por su omisión.
En última instancia, una cultura empresarial basada en el cumplimiento y el respeto mutuo entre empleador y colaboradores es la clave para el éxito a largo plazo de cualquier PYME en el cambiante panorama laboral actual.
¡Recuerda siempre consultar con expertos para garantizar el cumplimiento adecuado de todas las obligaciones laborales pertinentes a tu situación específica!
Visita: www.greatteam.mx
Artículo por: Great Team – Capital Humano
©2024 – Todos los derechos reservados.