Teletrabajo – Trabajo a Distancia

Es común que los términos teletrabajo – trabajo a distancia se empleen indistintamente. También es cierto que, hasta cierto punto, sus conceptos pueden superponerse. Al final, ambos modos de relación laboral implican que el trabajador realice sus labores fuera de las instalaciones de la empresa

El teletrabajo (Home Office) es una forma de trabajo a distancia en la que los empleados llevan a cabo sus actividades profesionales de manera remota, sin estar presentes de forma física en la empresa y con el uso indispensable de las tecnologías de información y comunicación (TCI).

Aunque existen muchos tipos de teletrabajo, básicamente, este modelo de sistema laboral hace referencia a que el colaborador desarrolla el trabajo desde una ubicación distinta de las instalaciones de la empresa, de acuerdo con su elección: 

  • Teletrabajo desde casa, realizado desde el domicilio o despacho particular del propio colaborador.
  • Teletrabajo desde centros, es una modalidad en la que el empleado realiza sus labores desde un centro dotado de toda la tecnología y equipamiento informático para que pueda llevar a cabo su trabajo. Puede ser: una oficina de recursos compartidos o un centro diseñado por la empresa para los teletrabajadores.
  • Teletrabajo móvil. En este caso el desempeño laboral se lleva a cabo desde diferentes lugares, debido a que la actividad requiere desplazamientos frecuentes

El trabajo a distancia, también se realiza en instalaciones ajenas a la empresa. Pero abarca diversos modos de relaciones laborales que no necesitan de las herramientas informáticas y de comunicación para que el profesional cumpla con sus actividades del trabajo a distancia

Se realiza desde instalaciones elegidas por la propia empresa, con el fin de hacer posible el desarrollo eficiente de las actividades profesionales y cumplir con los objetivos de la organización.

Implica la ejecución de las actividades laborales que no pueden ser realizadas en la misma sede de la empresa o las que requieren que el colaborador se desplace de un sitio a otro. Por ejemplo, pueden ser trabajo a distancia:

  • El trabajo en casa, en el que no se requiere el uso de las Tics
  • Instalaciones de sus clientes, como por ejemplo para que puedan realizar las funciones de protección de las instalaciones, otros.

En el teletrabajo la empresa debe:

  • Ofrecer al colaborador la posibilidad de acceder a sus herramientas habituales de trabajo desde cualquier ubicación, facilitando también la comunicación activa por videoconferencia u otros sistemas.
  • Dotar a los empleados de todos los equipos necesarios.
  • Las relaciones laborales que se desarrollen más del 40% del tiempo en el domicilio del colaborador o en el domicilio elegido por este, haciendo uso de las tecnologías de la información y la comunicación, bajo la modalidad del teletrabajo, serán las que se rijan como tales, es decir, como teletrabajo de acuerdo con el artículo 330-A de la Ley Federal del Trabajo.

Podemos resumir que el teletrabajo es un acuerdo de voluntades con deberes y obligaciones predeterminados por el uso de las TIC, mientras que el trabajo a distancia es esporádico y excepcional. Cabe hacer la aclaración que, si el trabajador ha estado trabajando de la forma tradicional presencial en el centro laboral, podrá cambiarse a la modalidad del teletrabajo, sin embargo, para que este cambio se considere teletrabajo, siempre deberá ser voluntario y establecerse por escrito por el patrón y el colaborador

El teletrabajo tiene relación con otros conceptos similares, como el Trabajo flexible o Flexibilidad laboral, que es la implantación de medidas que permiten a los colaboradores elegir libremente ciertas reglas que influyen en su puesto de trabajo, como, por ejemplo, el horario de entrada o si realizará sus funciones desde casa. Nos referimos a la racionalización del trabajo, a la productividad, y a encontrar el equilibrio entre los intereses de la persona y los de la empresa, es decir, conciliar la vida personal con la profesional

Estas medidas se establecen mediante acuerdo entre la empresa y el colaborador. Aunque cuando hablamos de flexibilidad laboral normalmente pensamos en la flexibilidad de horario, existen otros tipos de flexibilidad:

  • Flexibilidad del lugar de trabajo:
  • Flexibilidad funcional, polivalencia de los empleados para adaptar sus tareas.
  • Flexibilidad de jornadas
  • Flexibilidad salarial

Se trata de una manera de trabajar que permite adaptarse a las necesidades de cada persona. Esto implica que, bajo acuerdo, el empleado puede ajustar su horario y manera de trabajar, por ejemplo, modificando los días libres, el horario, las vacaciones, etc., siempre que se cumpla con las tareas marcadas por la empresa.

Great Team puede asesorarte con la NOM 037 STPS 2023 que aplica para todos los centros de trabajo que cuenten con personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo.

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Determinación de ISR por sueldos y salarios

La ley del ISR menciona que son ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral, incluyendo la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas y las prestaciones percibidas como consecuencia de la terminación de la relación laboral.

Quienes hagan pagos por los conceptos que se mencionan están obligados a efectuar retenciones y enteros mensuales que tendrán el carácter de pagos provisionales a cuenta del impuesto anual. No se efectuará retención a las personas que en el mes únicamente perciban un salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente.

Las personas físicas, así como las personas morales enterarán las retenciones mencionadas a más tardar el día 17 de cada uno de los meses del año de calendario.

Las personas obligadas a efectuar retenciones en términos del artículo 96 de la Ley, cuando hagan pagos que comprendan un periodo de siete, diez o quince días, podrán optar por efectuar la retención de acuerdo con lo establecido en este artículo, o bien, aplicando a la totalidad de los ingresos percibidos en el periodo de que se trate, la tarifa del artículo mencionado, calculada en semanas, decenas o quincenas, según corresponda, que para tal efecto publique en el Diario Oficial de la Federación el SAT.

Las personas obligadas a efectuar retenciones en términos del artículo 96 de la Ley, podrán optar por efectuar mensualmente la retención que resulte de acuerdo con dicho artículo debiendo expedir el comprobante fiscal respectivo o conforme al procedimiento siguiente:

  1. Antes de realizar el primer pago por los conceptos a que se refiere el artículo 94 de la Ley, correspondiente al año de calendario por el que se calculen las retenciones en términos de este artículo, determinarán el monto total de las cantidades que pagarán al trabajador por la prestación de un servicio personal subordinado en dicho año, y
  2. El monto que se obtenga conforme a la fracción anterior se dividirá entre doce y a la cantidad así determinada se le aplicará el procedimiento establecido en el artículo 96 de la Ley. El resultado obtenido será el Impuesto a retener.

Las personas obligadas a efectuar retenciones en términos del artículo 96 de la Ley, cuando paguen en función de cantidad de trabajo realizado y no de días laborados, podrán optar por efectuar la retención de acuerdo con lo establecido en dicho artículo o de acuerdo con el siguiente procedimiento:

  1. Considerarán el número de días efectivamente trabajados para realizar el trabajo determinado;
  2. Dividirán el monto del salario entre el número de días a que se refiere la fracción anterior y al resultado se le aplicará la tarifa del artículo 96 de la Ley calculada en días, que para tal efecto publique en el Diario Oficial de la Federación el SAT, y
  3. La cantidad que resulte conforme a la fracción anterior se multiplicará por el número de días determinados de acuerdo con la fracción I de este artículo y el producto será el Impuesto a retener.

En Great Team podemos asesorarte con el cumplimiento correcto de la determinación del ISR mensual, quincenal o semanal de tus empleados. contáctanos: https://greatteam.mx/contactanos

Te invitamos a descargar nuestra Calculadora de Nómina, donde podrás determinar de forma correcta el pago de la nómina mensual, quincenal o semanal de tus empleados: https://greatteam.mx/calculo-imss/

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Atracción y Retención de talento

En el mercado laboral actual, atraer y retener a los mejores talentos se ha convertido en una prioridad.

La batalla por el talento continúa, y las empresas necesitan estrategias efectivas para atraer e identificar a los mejores candidatos y retener a los mejores profesionales.

La búsqueda y selección de hoy en día identifica el talento con habilidades específicas que se alinean con los valores estratégicos de la organización, cuando el colaborador coincide, se involucra más en la consecución de los objetivos, lo que resulta muy benéfico para la empresa y colaborador

Una alta tasa de retención muestra que la empresa ha logrado atraer y retener a empleados altamente calificados, lo que a su vez contribuye a la estabilidad y continuidad de las operaciones con eficiencia y calidad

Una de las razones se debe a que las nuevas generaciones, como los Millennials y la Generación Z, presentan nuevas inquietudes y valoran aspectos que van más allá del salario, como el equilibrio entre la vida personal y laboral, el desarrollo profesional y un propósito claro en su trabajo.

Lo anterior impacta en la búsqueda y oferta de beneficios, pero también cabe mencionar que la movilidad laboral ha aumentado, haciendo que los colaboradores cambien de empleo con mayor frecuencia, porque a diferencia de generaciones anteriores, no se ven en una misma empresa por muchos años.

Igualmente, la llegada del teletrabajo (Home office) ha cambiado la forma en la que los nuevos colaboradores se integran en la empresa, podemos asegurar que reciben toda la información necesaria para comenzar su trabajo sin necesidad de asistir a la oficina.

La flexibilidad laboral es una tendencia cada vez más popular en el mundo de las empresas, lo que ha llevado a un aumento en la demanda de horarios de trabajo flexibles. Los colaboradores desean una mayor flexibilidad para equilibrar su vida laboral y personal, lo que a su vez les permite ser más productivos y estar más comprometidos con su trabajo.

El compromiso de los colaboradores es crucial para el éxito de cualquier organización. Un alto nivel de compromiso se traduce en un mejor desempeño, mayor satisfacción laboral y una menor rotación de personal.

El compromiso laboral existe cuando el trabajador se identifica con los valores de la empresa y se involucra en la consecución de los objetivos, lo cual resulta muy beneficioso para la compañía

Para retener exitosamente al talento interno y evitar la fuga de talentos, se necesita:

Contratar a personas compatibles con la cultura y los objetivos de la organización. De nada servirá esforzarnos para fidelizar a un trabajador que no comparte en nada la visión empresarial que se tiene.

Propiciar un buen clima laboral. El dinero no lo es todo: recuerda que nadie va a durar demasiado en un lugar de trabajo tóxico donde hay favoritismos o nepotismos.

Cultivar la comunicación interna. Gracias a la comunicación interna tus empleados podrán: sumergirse en la cultura de la empresa e identificarse con ella, estar informados, participar en la toma de decisiones, ser escuchados, sentirse reconocidos, cultivar sus relaciones interpersonales y estar motivados.

Ofrecer posibilidades de crecimiento profesional. Recuerda que uno de los principales motivos por el cual el talento se marcha de una organización es la imposibilidad de ascender dentro de la misma.

Dar y pedir retroalimentación constructiva. Esto permitirá corregir errores, reforzar aspectos positivos y mejorar el desempeño de la plantilla.

Great Team, asesor en Capital Humano, te apoya a evaluar el talento de tus colaboradores  con habilidades específicas e importantes que se identifiquen con los valores estratégicos de la empresa. ¡Contáctanos ¡

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Timbrado de viáticos en el recibo de Nómina

Todos los contribuyentes por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que perciban, por el pago de sueldos, salarios o por las retenciones de impuestos que efectúen, deben emitir factura electrónica.

Los contribuyentes que hagan pagos por concepto de sueldos y salarios podrán dar por cumplidas las obligaciones de expedir la constancia y el comprobante fiscal del monto total de los viáticos pagados en el año de calendario mediante la expedición y entrega en tiempo y forma a sus trabajadores del CFDI de nómina, siempre que en dicho CFDI hayan reflejado la información de viáticos que fueron entregados, así como los importes comprobados y no comprobados.

Cuando se entreguen viáticos al trabajador este dato podrá reportarse de cualquiera de las siguientes formas:

a) En el CFDI de nómina del período que comprenda la fecha en que el recurso fue entregado al trabajador.

b) En el CFDI de nómina siguiente a aquel que corresponda a la fecha en que fue entregado el recurso al trabajador, siempre y cuando se emita dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de la entrega del recurso al trabajador y dentro del mismo ejercicio fiscal en que se entregó el recurso al trabajador.

c) En un CFDI de nómina independiente, que ampare sólo la entrega del viático, siempre y cuando se emita dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de la entrega del recurso al trabajador y dentro del mismo ejercicio fiscal en que se entregó el recurso al trabajador.

Los viáticos entregados y no comprobados en el mismo periodo que ampara el CDFI de nómina emitido, deben registrarse en el campo “TipoOtroPago” y clasificarlo con la clave “003” (Viáticos entregados al trabajador) del catálogo c_TipoOtrosPago.

Los viáticos que no se comprueben por parte del trabajador o no reúnan los requisitos fiscales y a los que no les aplique lo dispuesto en el artículo 152 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, ni se consideren como gasto no deducible por el patrón5, deberán reflejarse en el CFDI de nómina en el campo “TipoPercepcion” como percepciones gravadas del trabajador, usando la clave 050 (Viáticos) del catálogo de tipo de percepciones, el valor se debe registrar en el campo de importe gravado.

Tratándose de viáticos a los que se aplique lo dispuesto en los artículos 93 fracción XVII de la Ley del impuesto sobre la Renta y 152 del Reglamento de la Ley del impuesto sobre la Renta deberán reflejarse en el CFDI de nómina en el campo “TipoPercepcion” como percepciones exentas del trabajador usando la clave “050” (Viáticos) del catálogo tipo de percepciones, el valor se debe registrar en el campo de importe exento.

Una vez realizado el registro del viático comprobado y del no comprobado, se deberá registrar la misma cantidad como descuento utilizando para ello la clave de descuento “081” (Ajuste en Viáticos entregados al trabajador), esto a efecto de realizar el “neteo” de las cantidades que ya fueron previamente entregadas.

En Great Team podemos asesorarte con el cumplimiento correcto del timbrado de los viáticos entregados y recibidos de tus empleados. contáctanos: https://greatteam.mx/contactanos

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Cambio de domicilio en el IMSS

Es una obligación fiscal comunicar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) cualquier modificación que se realice en la empresa o negocio, como el cambio de domicilio; el cual debe ser notificado al Instituto en un plazo de 5 días hábiles a partir de que ocurra el cambio.

Como patrón, debes notificarlo al IMSS, en caso de no haber cambiado de clase, podrás continuar cubriendo tus cuotas con la misma prima con la que venías cotizando.

No dar aviso al IMSS o hacerlo de forma extemporánea es una infracción a la Ley del Seguro Social, conforme al artículo 304 A, fracción XVI.

La infracción señalada en el artículo anterior, se sancionarán considerando la gravedad y condiciones particulares del infractor con multa equivalente al importe de veinte a setenta y cinco veces el salario mínimo diario general vigente en la CDMX.

El cambio de domicilio lo puedes realizar en línea o acudiendo directamente a la subdelegación del IMSS.

Los requisitos son:

1. Aviso de Inscripción Patronal o de Modificación en su Registro (AFIL-01).

2. Aviso de Modificación de las empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo.

3. Aviso presentado ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

4. Comprobante de domicilio del centro de trabajo.

5. Tarjeta de Identificación Patronal (TIP).

6. Poder Notarial del Representante Legal

7. Identificación del Representante Legal

En Great Team podemos asesorarte con el cumplimiento correcto de tus obligaciones fiscales en el IMSS. contáctanos: https://greatteam.mx/contactanos

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¿Conoces el programa Empresas de Diez del Infonavit?

Introducción

Es un programa de reconocimiento y beneficios para las empresas que tienen un serio compromiso con sus colaboradores al pagar completa y puntualmente sus aportaciones y amortizaciones durante 10 bimestres continuos y no cuentan con adeudos vigentes ante el Infonavit

El programa Empresas de Diez reconoce a las empresas que cumplen con sus obligaciones patronales y mantienen un excelente comportamiento fiscal y jurídico con el Infonavit.

Estos programas buscan incentivar el cumplimiento puntual de las obligaciones patronales de las empresas líderes en su segmento para que sean un referente en las prestaciones y estabilidad laboral que brindan a sus colaboradores

Desarrollo

El programa Empresa de Diez cuenta con un objetivo principal: reconocer y ofrecer beneficios a los patrones que cumplen puntualmente y de forma continua con el pago de sus aportaciones y amortizaciones patronales durante al menos los últimos 10 bimestres y que, además, no tienen adeudos vigentes ante el Infonavit, ya que éstas son acciones que muestran el compromiso que tienen con sus colaboradores.

Beneficios

  • Las empresas que participan son reconocidas públicamente en los eventos organizados por las delegaciones del Infonavit.
  • Se les otorga un certificado que las avala como empresas cumplidas, el cual pueden descargar desde el Portal Empresarial.
  • Servicios especiales por parte del Instituto atendiendo a sus necesidades y a las de sus colaboradores.
  • Los patrones que hayan sido Empresas de Diez en algún momento durante el último año podrán adherirse a la Campaña de Facilidades de Pago para la Regularización de Adeudos Fiscales Cumplamos Juntos, que considera una modalidad especial y les otorga un porcentaje superior de condonación en recargos, multas y actualización de multas, en caso de tener algún adeudo con el Instituto.

Requisitos

  • Las empresas deben cubrir bimestralmente con el 97% de la factura como mínimo. El 3% restante debe subsanarse durante la actualización de los movimientos afiliatorios pendientes de aplicar en cada periodo.
  • Cumplir puntualmente con el pago completo de las aportaciones y amortizaciones al Infonavit durante los últimos 10 bimestres de manera continua, a más tardar en la fecha límite de pago establecida.
  • No contar con indicios de evasión, auditorías activas, quejas abiertas o en proceso ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), medios de defensa contra el Instituto o pagos en exceso por concepto de amortización de créditos liquidados.
  • El análisis de Empresas de Diez se realiza por grupo empresarial (RFC), por lo que es necesario que todos los Números de Registro Patronal (NRP) cumplan con los requisitos mencionados, un incumplimiento a los requisitos puede causar la descalificación de todo el grupo o corporativo

Procedimiento

Ingresa al Portal Empresarial en el siguiente enlace: https://bit.ly/3YF6xlF y en el módulo Consultas da clic en el apartado Empresas de Diez.

Great Team siempre interesado en compartir información con empresarios de Diez.

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Reclutamiento de talento externo especializado

Es un sistema de búsqueda, localización y obtención de los mejores candidatos para puestos con competencias y habilidades particulares, se entiende como el proceso que tiene como objetivo la selección de un candidato o candidata, para una vacante, que no está vinculada al equipo de la empresa, corresponde a la adquisición de nuevos talentos.

Perfil de un experto en reclutamiento especializado

  • Especialistas en la búsqueda de personal calificado y competente en alguna especialización
  • Conocimiento del mercado laboral
  • Experiencia en el sector industrial requerido
  • Conocimiento profundo del perfil solicitado
  • Capacidad de relacionamiento y networking con una amplia red de contactos clave

Captar talento especializado no es una tarea fácil, inicia con el análisis de la vacante, la divulgación de la oferta de trabajo, las entrevistas hasta la contratación, para lo cual, se desarrollan procedimientos que puedan apoyar al tomador de decisiones a realizar la mejor selección con el apoyo del proceso de reclutamiento de talento externo especializado:

  • Analizar las necesidades de la empresa para dicho puesto, ya que es la única forma de garantizar que la persona que lo ocupe será las más conveniente para el mismo.
  • Describir detalladamente la vacante, incluyendo los requisitos mínimos que deben cumplir las personas candidatas en cuanto a formación y experiencia previa, los conocimientos específicos requeridos, los idiomas necesarios, así como cualquier otra habilidad o conocimiento necesarios y especiales para el correcto desempeño de la persona en su puesto.
  • Anuncio y promoción de la vacante: se realizará a través de redes sociales generalistas o especializadas y/o plataformas de búsqueda de empleo.
  • Preselección, en la que se descarta a las personas candidatas que no cumplan con los requisitos solicitados, se hace una primera selección de aquellos currículums que cumplen con lo exigido, en este punto, la retroalimentación del tomador de decisiones es muy importante porque es quien conoce a fondo los objetivos y perfiles de éxito de la empresa.
  • Entrevistas de Selección, a lo largo de las cuales el proceso avanza, afinando más la selección, diferenciando, eligiendo, hasta quedar con una terna, de la cual, se obtendrá a la persona que ocupe el puesto ofertado.
  • Pruebas de selección, elegidas cuidadosamente que evalúan a los candidatos en función de sus habilidades y capacidades
  • Contratación: último paso y objetivo final de cualquier proceso de selección

Ventajas del servicio:

Acceso a más candidatos. Al realizar un proceso de reclutamiento externo se amplía el acceso a plataformas de reclutamiento profesionales, garantizando un mayor volumen de candidaturas y variedad de perfiles.

Nuevas ideas. La incorporación de talento externo puede ser sinónimo de aire fresco. Es decir, aportación de nuevas ideas, cambios en las rutinas de administración, comercialización, producción, etc.

Ahorro en formación. El candidato externo, en un principio, no necesita formación para desarrollar el puesto de trabajo porqué ya cuenta con las competencias requeridas.

Mejora la competitividad de la empresa, se pueden incorporar a la plantilla perfiles mejor preparados y con más experiencia a través de la oferta de nuevas vacantes.

Diversificación, al incorporar a diferentes personas que además de tener la formación, tienen la experiencia requerida en diversas especializaciones

Estos procedimientos conllevan una gran carga de trabajo, por este motivo muchas empresas eligen la opción de externalizar el proceso para obtener el mejor resultado, haciendo una alianza con un experto con experiencia para localizar, evaluar, categorizar y filtrar los diversos perfiles en el mercado y ofrecer los mejores candidatos.

                                                                            Tus retos, son nuestras soluciones”       

En Great Team podemos asesorarte. Contáctanos: https://greatteam.mx/contactanos

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Cálculo y pago de PTU

Los trabajadores participarán en las utilidades de las empresas, de conformidad con el porcentaje (10%) que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.

El reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual, aun cuando esté en trámite objeción de los trabajadores.

El importe de las utilidades no reclamadas en el año en que sean exigibles se agregará a la utilidad repartible del año siguiente.

La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales:

1. La primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios.

2. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

Se entiende por salario la cantidad que perciba cada trabajador en efectivo por cuota diaria. No se consideran como parte de él las gratificaciones, percepciones y demás prestaciones a que se refiere el artículo 84, ni las sumas que perciba el trabajador por concepto de trabajo extraordinario.

Para determinar la participación de cada trabajador se formará una comisión integrada por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón formulará un proyecto, que determine la participación de cada trabajador y lo fijará en lugar visible del establecimiento.

Quedan exceptuadas de la obligación de repartir utilidades:

  1. Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento;
  2. Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.
  3. Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración;
  4. Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios;
  5. El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia;
  6. Las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Economía.

El derecho de los trabajadores a participar en el reparto de utilidades, reconocido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se ajustará a las normas siguientes:

  1. Los directores, administradores y gerentes generales de las empresas no participarán en las utilidades;
  2. Los demás trabajadores de confianza participarán en las utilidades de las empresas, pero si el salario que perciben es mayor del que corresponda al trabajador sindicalizado de más alto salario dentro de la empresa, o a falta de esté al trabajador de planta con la misma característica, se considerará este salario aumentado en un veinte por ciento, como salario máximo.
  3. El monto de la participación de los trabajadores al servicio de personas cuyos ingresos deriven exclusivamente de su trabajo, y el de los que se dediquen al cuidado de bienes que produzcan rentas o al cobro de créditos y sus intereses, no podrá exceder de un mes de salario;
  4. Las madres trabajadoras, durante los períodos pre y postnatales, y los trabajadores víctimas de un riesgo de trabajo durante el período de incapacidad temporal, serán considerados como trabajadores en servicio activo.
  5. Los trabajadores del hogar no participarán en el reparto de utilidades
  6. Los trabajadores eventuales tendrán derecho a participar en las utilidades de la empresa cuando hayan trabajado sesenta días durante el año, por lo menos.

El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.

En Great Team podemos asesorarte con el cumplimiento correcto del cálculo y pago de la PTU de tus empleados. Contáctanos: https://greatteam.mx/contactanos

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Obligaciones LFT y sanciones por incumplimiento para PYMES

En el dinámico mundo empresarial del 2025 las pequeñas y medianas empresas (PYMES) son pilares fundamentales de la economía. Sin embargo, para mantenerse en el camino hacia el éxito, es crucial que los directores y propietarios comprendan y cumplan cabalmente con las obligaciones establecidas por la Ley Federal del Trabajo. Estas responsabilidades no solo garantizan un ambiente laboral justo y equitativo, sino que también protegen a la empresa de consecuencias económicas adversas derivadas de su omisión. Un incumplimiento en este aspecto puede resultar en multas significativas y demandas laborales que podrían afectar seriamente las finanzas de la empresa.

1. Registro de empleados

El primer paso fundamental para cumplir con las disposiciones legales es mantener un registro detallado y actualizado de todos sus colaboradores. Esto incluye información personal:

Documento

Contenido

Sanción por incumplimiento

Contrato Laboral

Tipo de contrato /tiempo determinado- indeterminado -obra determinada- capacitación. Lugar de trabajo. Actividades ……..

Multa de 50 a 5,000 veces la UMA, esto es, de $ 5,428.50 a $ 542,850.00

Salario

Pagar semanal, catorcenal o quincena. Enterarlo en moneda nacional………..

Multa de 50 a 250 UMA, por un monto de $ 5,428.50 a $ 27,142.50

Jornada de trabajo

Respetar máximos semanales (diurna 48 -nocturna 42-mixta 45) Conceder 30 minutos mínimo para comer…………

2. Respeto a los derechos laborales

Los derechos laborales, deben ser respetados y otorgados conforme a lo establecido por la ley y contratos individuales de trabajo. Cualquier violación a estos derechos puede dar lugar a reclamaciones legales y sanciones económicas.

  Documento

Contenido

Sanción por incumplimiento

Descanso semanal

Proporcionar al personal, cuando menos 1 día de descanso a la semana, atender al listado de días de descanso obligatorios LFT…….

Multa de 50 a 250 UMA, cantidad de   $ 5,428.50 a $ 27,142.50

Vacaciones y prima vac.

Conceder, cuando menos, 12 días de descanso por el primer año de servicios. Las vacaciones se disfrutan, evitar el pago en dinero ……..

Aguinaldo y prestaciones

La cantidad equivalente a 15 días de salario, como mínimo.  El pago a más tardar el 19 de diciembre de cada año………..

Multa de 50 a 5,000 UMA, equivale de $ 5,428.50 a $ 542,850.00

Participación de Utilidades

Distribuir el 10 % de su utilidad en el periodo de 60 días siguientes a la fecha en que se presente la declaración anual del ISR…………..

Multa de 250 a 5,000 UMA, la cual va de $ 27,142.50 a $ 542,850.00

3.Cumplimiento de normativas de seguridad y salud laboral

Es obligación del empleador proporcionar un ambiente laboral seguro y saludable, así como cumplir con todas las normativas legales de las comisiones mixtas obligatorias que debe de tener una empresa, y protocolos de seguridad establecidos por la ley.

 Documento

Contenido

Sanción por incumplimiento

Comisiones

Mixtas

Comisión de seguridad e higiene                                                           Comisión mixta de productividad, capacitación y adiestramiento                                                                            Comisión mixta para la participación de las utilidades…………..

NOM 035 y NOM 037 (Teletrabajo)

Multa de 250 a 5,000 UMA; esto es de $ 27,142.50 a $ 542,850.00

4. Procedimientos disciplinarios justos y transparentes

En caso de conflictos o situaciones disciplinarias, es esencial que los procedimientos sean justos, transparentes y respeten los derechos del trabajador. Los directores y propietarios deben seguir los protocolos establecidos por la ley y garantizar el debido proceso, evitando así posibles demandas por despido injustificado o violación de derechos laborales.

  Documento

Contenido

Sanción por incumplimiento

Teletrabajo (Home Office)

El patrón que cuente con teletrabajadores tiene que cumplir con obligaciones especiales ……..

Multa de 250 a 5,00 UMA; esto es de $ 27,142.50 a $ 542,850.00

Negativa de Inspección

El patrón que no permita la inspección y vigilancia que las autoridades de la STYPS ordenen en su establecimiento por instructivo para que comparezca será notificado

Multa de 250 a 5,000 UMA; esto es, de $ 27,142.50 a $ 542,850.00

Conservación de documentos

Control de asistencia (faltas- descansos…….)                                               Acta Administrativa de hechos de la causal de rescisión patronal

Contrato Individual de trabajo.

Comprobantes de vacaciones y prima …………

Multa de 50 a 5,000 UMA, esto es, de $ 5,187.00 a $ 518,700.00                           Art. 1002 LFT

Conclusión

El cumplimiento de las obligaciones laborales no es solo una cuestión de legalidad, sino también de ética empresarial y sostenibilidad económica. En el competitivo entorno empresarial del 2025, las PYMES que priorizan el respeto a los derechos laborales y el cumplimiento de la normativa laboral no solo fortalecen su reputación y relaciones con los trabajadores, sino que también minimizan el riesgo de enfrentar consecuencias económicas adversas por su omisión. En última instancia, una cultura empresarial basada en el cumplimiento y el respeto mutuo entre empleador y colaboradores es la clave para el éxito a largo plazo de cualquier PYME en el cambiante panorama laboral actual.

¡Recuerda siempre consultar con expertos para garantizar el cumplimiento adecuado de todas las obligaciones laborales pertinentes a tu situación específica!

 

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Obligaciones de las personas morales

Los contribuyentes que obtengan ingresos como Personas Morales tendrán las siguientes obligaciones fiscales:

  1. Llevar la contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y el Reglamento de esta Ley
  2. Expedir los comprobantes fiscales por las actividades que realicen.
  3. Expedir los comprobantes fiscales en los que asienten el monto de los pagos efectuados de fuente de riqueza en México o de los pagos efectuados en el extranjero de instituciones de crédito del país.
  4. Formular un estado de posición financiera y levantar inventario de existencias a la fecha en que termine el ejercicio.
  5. Presentar declaración en la que se determine el resultado fiscal del ejercicio o la utilidad gravable del mismo y el monto del impuesto correspondiente.
  6. Presentar, ante las autoridades fiscales el saldo insoluto al 31 de diciembre del año anterior, de los préstamos que le hayan sido otorgados o garantizados por residentes en el extranjero.
  7. Presentar las declaraciones a que se refiere este artículo a través de medios electrónicos en la dirección de correo electrónico que al efecto señale el SAT.
  8. Llevar un registro de las operaciones que efectúen con títulos valor emitidos en serie.
  9. Obtener y conservar la documentación comprobatoria, tratándose de contribuyentes que celebren operaciones con partes relacionadas.
  10. Presentar, la información de las operaciones que realicen con partes relacionadas, efectuadas durante el año de calendario inmediato anterior.
  11. Tratándose de personas morales que hagan los pagos por concepto de dividendos o utilidades a personas físicas o morales.
  12. Tratándose de personas morales que celebren operaciones con partes relacionadas, éstas deberán determinar sus ingresos acumulables y sus deducciones autorizadas.
  13. Presentar, la información de las operaciones efectuadas en el año de calendario anterior, a través de fideicomisos por los que se realicen actividades empresariales en los que intervengan.
  14. Llevar un control de inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos terminados.
  15. Informar a las autoridades fiscales, las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos.
  16. Informar a las autoridades fiscales, de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000.00.
  17. Los contribuyentes residentes en el país que tengan establecimientos en el extranjero tendrán la obligación de llevar libros de contabilidad y registros del establecimiento en el extranjero.
  18. Las personas morales que distribuyan anticipos o rendimientos deberán expedir comprobante fiscal en el que conste el monto de los anticipos y rendimientos distribuidos, así como el impuesto retenido.
  19. Tratándose de contribuyentes que estén obligados o hayan optado por dictaminarse, deberán dar a un reporte en el que se informe sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales a su cargo en el ejercicio fiscal al que corresponda el dictamen.
  20. Informar a las autoridades fiscales, la enajenación de acciones o títulos valor que representen la propiedad de bienes emitidas por el contribuyente, efectuada entre residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México.

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Artículo por: Great Team-Capital Humano

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