Cuáles son las responsabilidades de un patrón ante el IMSS y el SAT.

Responsabilidades ante el IMSS (Seguridad Social)

  • Inscripción y Registro: Debes registrarte como patrón e inscribir a tus trabajadores en un plazo no mayor a 5 días hábiles tras el inicio de la relación laboral.
  • Avisos Afiliatorios: Comunicar altas, bajas y cambios de salario (modificaciones salariales) dentro de los mismos plazos legales.
  • Determinación y Pago de Cuotas: Calcular y pagar mensualmente las cuotas obrero-patronales. Esto incluye los seguros de enfermedades y maternidad, riesgos de trabajo, invalidez y vida, y guarderías.
  • Retiro, Cesantía y Vejez (RCV) e Infonavit: Realizar el pago de estas aportaciones de forma bimestral.
  • Buzón IMSS: Es obligatorio mantener habilitado y actualizado el Buzón IMSS como medio de comunicación oficial para recibir notificaciones y cumplir con trámites digitales.

Responsabilidades ante el SAT (Impuestos)

  • Retención de ISR: Como patrón, eres el responsable de calcular el Impuesto Sobre la Renta (ISR) que le corresponde pagar al trabajador, descontarlo de su sueldo y enterarlo (pagarlo) al SAT a más tardar el día 17 del mes siguiente.
  • Emisión de CFDI de Nómina (Timbrado): Cada pago realizado debe estar respaldado por un comprobante fiscal digital. Este debe detallar con precisión cada percepción (sueldo, bonos u otros) y cada deducción (ISR, IMSS).
  • Cálculo del Impuesto Anual: Estás obligado a realizar el cálculo del impuesto anual de tus trabajadores, a menos que ellos te informen por escrito que presentarán su declaración por su cuenta.
  • Inscripción al RFC: Debes solicitar a tus trabajadores los datos necesarios para su inscripción o actualización en el Registro Federal de Contribuyentes.


Calendario y Cumplimiento 2026

Concepto Periodicidad Fecha Límite
ISR Retenido (SAT) Mensual Día 17 del mes siguiente
Cuotas IMSS Mensual Día 17 del mes siguiente
Impuesto sobre nómina Mensual Día 17 del mes siguiente
Fonacot Mensual Día 09 del mes siguiente
RCV e Infonavit Bimestral Día 17 del mes posterior al bimestre
Ajuste Anual de ISR Anual Diciembre / Enero

Para este 2026, las autoridades han intensificado las inspecciones digitales. Cualquier discrepancia entre lo que “timbras” en el SAT y lo que declaras en el IMSS puede disparar una alerta en automático (cartas invitación o requerimientos).

Te gustaría un diagnóstico de tu nómina y seguridad social el cual te brinde la tranquilidad de que están cumpliendo de forma correcta y puntual con tus obligaciones fiscales el cual incluye un análisis profundo y detallado de los siguientes rubros:

  • Cálculo de ISR
  • Validación de equivalencias de conceptos de pago
  • Conciliación de CFDI´s
  • Integración del SBC en el IMSS
  • Análisis de prestaciones de pago (LSS), (vales, premios y otros)
  • Prima de riesgo de Trabajo
  • Determinación de cuotas obrero-patronales.

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Pago de PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades)

El artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos estable que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; así mismo menciona en su fracción IX que los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de las empresas.

Tienen derecho a recibir la Participación de los trabajadores en las Utilidades (PTU) todos los trabajadores que presten un trabajo personal subordinado, así como aquellos que hayan laborado al menos 60 días en el año.

Las madres trabajadoras, durante los períodos pre y postnatales, y los trabajadores víctimas de un riesgo de trabajo durante el período de incapacidad temporal, serán considerados como trabajadores en servicio activo.

El reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual, aun cuando esté en trámite objeción de los trabajadores.

Para determinar el monto de las utilidades de cada empresa se tomará como base la renta gravable de conformidad con las disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR); es decir:

Para los efectos de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, en la renta gravable, será determinada por el contribuyente al disminuir de la totalidad de los ingresos del ejercicio efectivamente cobrados, el importe de los pagos de servicios y la adquisición de bienes o del uso o goce temporal de bienes, efectivamente pagados en el mismo ejercicio y estrictamente indispensables para la realización de las actividades por las que se deba calcular la utilidad; así como los pagos que a su vez sean exentos para el trabajador.

El resolutivo primero de la Resolución del H. Consejo de Representantes de la Sexta Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 2020, establece que las personas trabajadoras participarán en 10% de las utilidades de las empleadoras en las que presten sus servicios, porcentaje que se aplicará sobre la renta gravable determinada según lo dispuesto en la Ley del Impuesto sobre la Renta.

El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.

La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

Para determinar la participación de cada trabajador se observarán las normas siguientes:

  1. Una comisión integrada por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón formulará un proyecto, que determine la participación de cada trabajador y lo fijará en lugar visible del establecimiento. A este fin, el patrón pondrá a disposición de la Comisión la lista de asistencia y de raya de los trabajadores y los demás elementos de que disponga;
  2. Si los representantes de los trabajadores y del patrón no se ponen de acuerdo, decidirá el Inspector del Trabajo;
  3. Los trabajadores podrán hacer las observaciones que juzguen conveniente, dentro de un término de quince días; y
  4. Si se formulan objeciones, serán resueltas por la misma comisión a que se refiere la fracción I, dentro de un término de quince días.

Las empresas e instituciones que no tienen obligación de repartir utilidades a sus personas trabajadoras, son las empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento.

En conclusión: Se impondrá multa, por el equivalente de 250 a 5000 Unidades de Medida y Actualización, al patrón que no cumpla las obligaciones en lo relativo a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.

En Great Team podemos ayudarte con el cumplimiento correcto y puntal del pago de la PTU de tus empleados. Contáctanos: https://greatteam.mx/contactanos

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9 beneficios de cumplir con la NOM-035 – más allá de evitar multas y sanciones.

Aplicar la NOM-035-STPS-2018 va mucho más allá de “cumplir para evitar multas”

Desde una perspectiva estratégica de Recursos Humanos, los beneficios reales se traducen en impacto directo en productividad, cultura y resultados del negocio, es decir: no es gasto, es inversión en eficiencia organizacional.

Aquí tienes los beneficios más relevantes, explicados de forma práctica:

 

1. Reducción de ausentismo y rotación

Cuando identificas y atiendes factores como estrés, cargas excesivas o mal clima laboral:

  • Disminuyen las incapacidades médicas
  • Baja la rotación voluntaria
  • Se reduce el “presentismo” (gente que va, pero no rinde)

👉 Resultado: Menor costo de reemplazo y mayor estabilidad operativa.

2. Incremento en la productividad real

Ambientes psicológicamente sanos generan:

  • Mayor concentración
  • Mejor toma de decisiones
  • Menos errores y retrabajos

👉 Resultado: eficiencia operativa medible.

3. Mejora del clima organizacional

La NOM-035 obliga a escuchar al colaborador de forma estructurada:

  • Detectas conflictos antes de que escalen
  • Identificas liderazgos tóxicos
  • Fortaleces relaciones laborales

👉 Resultado: equipos más colaborativos y menos desgaste interno.

4. Desarrollo de mejores líderes

Uno de los mayores beneficios ocultos, el problema NO era la carga de trabajo sino el estilo de liderazgo

  • Evidencia fallas en estilos de liderazgo
  • Obliga a profesionalizar mandos medios
  • Fomenta liderazgo empático y efectivo
  • Alto impacto: capacitar líderes tóxicos

👉 Resultado: en muchas empresas, esto es el verdadero punto de inflexión o desviación

5. Disminución de riesgos legales (más allá de la NOM)

Aunque el objetivo no sea evitar multas:

  • Reduce demandas laborales por acoso o estrés
  • Genera evidencia documental de acciones preventivas
  • Fortalece la defensa legal de la empresa

👉 Resultado: ahorro por multas muy altas que están entre $5,428.50 a $542,850.00

6. Mejora de la marca empleadora

Las nuevas generaciones valoran:

  • Salud mental
  • Balance vida-trabajo
  • Cultura organizacional

👉 Resultado: la mayoría de tus colaboradores están orgullosos de trabajar en tu empresa

7. Toma de decisiones basada en datos

La norma obliga a medir:

  • Factores de riesgo psicosocial
  • Cargas de trabajo
  • Liderazgo y relaciones
  • Mayor compromiso = mejor desempeño

👉 Esto convierte percepciones en información accionable para RH y dirección.

8. Mantiene sostenibilidad del desempeño Identificar “focos rojos”

  • Falta carga de trabajo
  • Falta de control sobre tareas
  • Liderazgo negativo
  • Jornadas extensas

9. Aplicar la NOM-035 correctamente transforma esto:

            “De: Cumplimiento legal ““A: Estrategia de negocio centrada en personas”

En Great Team podemos apoyarte con el cumplimiento correcto y puntal de la NOM 035, evitando el  pago de sanciones entre $ 5,428.50 a $542,850.00 dependiendo de la gravedad del incumplimiento y el tamaño de la empresa.

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Riesgos fiscales de no inscribir a tus empleados en el IMSS.

La ley del Seguro Social en su articulo 15 establece la obligación de registrar e inscribir a sus trabajadores en el Instituto, comunicar sus altas dentro del plazo no mayor a cinco días hábiles.

No inscribir a los empleados al IMSS en tiempo y forma expone al patrón a multas elevadas, recargos, pago de capitales constitutivos e incluso sanciones penales.

Además, genera riesgos fiscales por la deducibilidad de nómina y afecta la seguridad jurídica de la empresa.

Algunos de los riesgos fiscales y legales son:

1. Multas y recargos

  • El IMSS puede imponer multas por cada trabajador no registrado.
  • Se generan recargos y actualizaciones sobre las cuotas omitidas.
  • El patrón debe cubrir las cuotas desde el inicio de la relación laboral, aunque no haya inscrito al trabajador.

2. Capitales constitutivos

  • Si un trabajador no inscrito recibe atención médica, el IMSS cobra al patrón el costo total de los servicios médicos y prestaciones otorgadas.

3. Riesgo penal

  • La omisión de registro puede considerarse fraude fiscal y de seguridad social.

4. Impacto en deducciones fiscales

  • Los pagos de nómina no registrados correctamente ante el IMSS pueden ser cuestionados por el SAT.
  • Existe riesgo de que no sean deducibles como gasto empresarial, afectando la carga fiscal de la empresa.

5. Afectación a los trabajadores

  • Los empleados pierden acceso a servicios médicos, incapacidades, pensiones y guarderías.
  • Esto puede derivar en demandas laborales contra la empresa, aumentando la contingencia económica.

Los trabajadores tienen el derecho de solicitar al Instituto su inscripción, comunicar las modificaciones de su salario y demás condiciones de trabajo y, en su caso, presentar la documentación que acredite dicha relación, demuestre el período laborado y los salarios percibidos. Lo anterior no libera a los patrones del cumplimiento de sus obligaciones ni les exime de las sanciones y responsabilidades en que hubieran incurrido.

 


Recomendaciones:

  • Registrar al trabajador en máximo 5 días hábiles desde el inicio de la relación laboral
  • Implementar un sistema de control interno para altas y bajas en el IMSS.
  • Revisar periódicamente la determinación de cuotas obrero-patronales para evitar diferencias.
  • Considerar la tercerización de la nómina con la finalidad de delegar esta función en especialistas calificados en la materia.

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Reducción de la jornada laboral en México: ¿tu empresa está preparada para el cambio?

La reforma laboral 2026 en México, que incluye la posible reducción de la jornada laboral, introduce nuevos desafíos para las áreas de RRHH y Nómina. Entre ellos, la implementación de controles horarios obligatorios, el correcto cálculo de horas extra, la actualización del CFDI de nómina y el cumplimiento de nuevas obligaciones fiscales.

Un error en estos procesos puede traducirse en multas, contingencias legales y sobrecarga operativa.

Para implementar gradualmente la jornada laboral se reducirán dos horas por año para que en 2030 se concreten las 40 horas; durante el 2026 entra en vigor e iniciaría el periodo de transición. La propuesta implica que, a partir del 1 de enero de cada año se hará efectiva la reducción: en 2027 serán 46 horas; en 2028 de 44; en 2029 de 42 y en 2030 de 40.

La reducción de las horas de trabajo no implica disminución en los sueldos ni prestaciones, además con las modificaciones, por primera vez, se prohíben horas extras para menores de edad.

Durante la jornada ordinaria, las y los trabajadores tendrán mayor tiempo de descanso y se garantiza un adecuado reparto del tiempo de trabajo, así como jornadas laborales dignas. En la jornada extraordinaria se establece la posibilidad de trabajar de 9 a 12 horas extraordinarias a la semana de manera voluntaria, las cuales podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un máximo de cuatro días en ese periodo, se introduce la prohibición del trabajo de tiempo extra para menores de edad y se establece en la Ley Federal del Trabajo un tope máximo de 4 horas triples. En ambas jornadas el trabajo no podrá superar las 12 horas diarias.

Con la finalidad de vigilar el cumplimiento de la nueva jornada laboral de 40 horas en los centros de trabajo, se adiciona como obligación de las personas empleadoras el registro electrónico de la jornada laboral, que será emitido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, lo que permitirá que efectivamente se cumpla con las horas de trabajo ordinarias y extraordinarias.

Beneficios

De acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), los beneficios de la reducción de la jornada laboral son:

  • Reducción de la fatiga y de los accidentes laborales
  • Mejoría en materia de salud y seguridad en el trabajo
  • Mayor equilibrio entre la vida personal, familiar y laboral de las y los trabajadores
  • Menor riesgo de padecer patologías del corazón y de muertes por accidentes debido a la menor exposición a jornadas prolongadas
  • Mejoría en el autocuidado: alimentación, ejercicio físico, descanso, socialización y atención médica preventiva.

Impactos

La reducción de la jornada laboral en México de 48 a 40 horas semanales tendrá consecuencias económicas para las pymes. Entre 2027 y 2030, el impacto más visible será el incremento en los gastos de nómina y prestaciones. Aquí te detallo los principales efectos:

Consecuencias económicas para las pymes

  • Incremento en costos laborales directos

  1. Se estima que los costos de nómina podrían aumentar hasta un 40% en empresas que no se preparen adecuadamente para la transición. Esto se debe a que, con menos horas disponibles por trabajador, muchas pymes tendrán que contratar personal adicional para cubrir la misma carga operativa.
  2. El gasto en prestaciones proporcionales (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, seguridad social) también crecerá, ya que se calculan sobre el salario base y el número de empleados.
  • Impacto en sectores específicos

  1. Manufactura y servicios serán los más afectados, pues dependen de la continuidad operativa y requieren cubrir turnos completos.
  2. Empresas con alta rotación o con márgenes ajustados (restaurantes, comercio minorista) enfrentarán mayor presión financiera.
  • Retos de productividad

  1. Si la reducción de horas no se acompaña de mejoras en procesos, digitalización o capacitación, las pymes podrían ver una caída en productividad que obligue a incrementar aún más la plantilla.
  2. La transición exige reorganizar horarios, implementar esquemas de trabajo flexible y optimizar recursos humanos.
  • Efectos financieros

  1. Mayor presión sobre el flujo de efectivo, especialmente en negocios pequeños con liquidez limitada.
  2. Posible necesidad de financiamiento externo para cubrir nómina en los primeros años de adaptación.
  3. Incremento en la informalidad laboral en algunos sectores, como estrategia de evasión de costos.

Posibles beneficios a largo plazo, aunque el impacto inicial es fuerte, existen beneficios potenciales:

  1. Mejora en el bienestar y satisfacción del personal, lo que puede reducir la rotación y los costos de reclutamiento.
  2. Incremento en la productividad por hora trabajada, si se logra una implementación gradual y acompañada de innovación tecnológica.
  3. Alineación con estándares internacionales, lo que puede favorecer la competitividad y atraer inversión

Conclusión

  • Entre 2027 y 2030, las pymes mexicanas enfrentarán un incremento considerable en gastos de salarios y prestaciones, especialmente si no ajustan su estructura operativa. El impacto puede ser de hasta un 40% en costos laborales, con mayor presión en sectores intensivos en mano de obra. Sin embargo, con una estrategia de adaptación basada en eficiencia, digitalización y esquemas flexibles, las empresas pueden mitigar riesgos y aprovechar beneficios de largo plazo.
  • Modelo Financiero simplificado

Para proyectar cómo se vería este aumento de costos en una pyme típica (ejemplo: 50 empleados en manufactura) entre 2027 y 2030

  • Supuestos del modelo
  • Número de empleados: 50
  • Salario promedio mensual por empleado (2026): $12,000 MXN
  • Prestaciones adicionales (IMSS, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, etc.): 30%sobre salario
  • Incremento anual de salarios por inflación y mercado: 5%
  • Impacto de reducción de jornada laboral: necesidad de contratar 10% más personal para mantener producción (equivalente a 5 empleados adicionales)

Análisis

  • En 2026 (antes de la reforma), el costo anual sería aprox. 36 millones MXN.
  • Para 2030, el costo anual proyectado sube a 76 millones MXN, un incrementode 47% en cuatro años.
  • El aumento se explica por:
  • Contratación adicional (5 empleados más).
  • Incremento salarial anual (5%).
  • Prestaciones proporcionales al mayor número de empleados y salarios más altos

La clave para mitigar este impacto será:

  • Automatización y digitalización de procesos.
  • Capacitación para elevar productividad por hora trabajada.
  • Reestructuración de turnos y esquemas flexibles.

Un escenario comparativo (optimista vs. pesimista), donde en el optimista se logra mejorar productividad y no se requiere contratar más personal, y el pesimista se necesita hasta 20% más plantilla

Artículo por: Great Team Capital Humano
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