by greatteam-rh | Feb 25, 2025 | Gestión Administrativa RRHH, Ley Federal del Trabajo, Recursos Humanos
Presentación Prima De Riesgo De Trabajo 2024
Las empresas tienen la obligación de revisar anualmente su siniestralidad, conforme al periodo y dentro del plazo que señale el reglamento de la LSS para determinar si permanece en la misma prima, se disminuye o aumenta. Dicha prima podrá ser modificada en una proporción no mayor al 1% con respecto a la del año inmediato anterior tomando en consideración los riesgos de trabajo terminado.
No se tomarán en cuenta para la siniestralidad de las empresas, los accidentes que ocurran a los trabajadores al trasladarse de su domicilio al centro de labores o viceversa.
Estas modificaciones no podrán exceder los límites fijados para la prima mínima y máxima, que serán de 0.5% y 15% de los salarios base de cotización respectivamente.
Para los efectos de la fijación de primas a cubrir por el seguro de riesgos de trabajo, las empresas deberán calcular sus primas mediante la siguiente fórmula:
Prima = [(S / 365) + V* (I+D) ] * (F/N) + M
V |
28 años, que es la duración promedio de vida activa de un individuo que no haya sido víctima de un accidente mortal o incapacidad permanente total |
F |
2.3, que es el factor de prima |
N |
Número de trabajadores expuestos al riesgo |
S |
Total de días subsidiados a causa de incapacidad temporal |
I |
Suma de porcentajes de las incapacidades permanentes parciales y totales, divididos entre 100 |
D |
Número de defunciones |
M |
0.005, que es la prima mínima de riesgo |
Al inscribirse por primera vez en el Instituto o al cambiar de actividad, las empresas cubrirán, en la clase que le corresponda conforme al reglamento, la prima media.
Las empresas cuyos centros de trabajo cuenten con un sistema de administración y seguridad en el trabajo acreditado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, aplicaran un factor de 2.2 como factor de prima.
Las empresas de menos de 10 empleados podrán optar por presentar la determinación de la prima anual correspondiente o cubrir la prima media que les corresponda conforme al reglamento, de acuerdo con el artículo 73 de la Ley del Seguro Social.
Recuerda que la fecha límite para presentar la determinación de la prima de riesgo de trabajo 2024 es el 28 de febrero de 2025.
En Great Team podemos asesorarte con la determinación de la prima de riesgo de trabajo 2024 contáctanos: https://greatteam.mx/contactanos
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by greatteam-rh | Feb 19, 2025 | Gestión Administrativa RRHH, Ley Federal del Trabajo, Recursos Humanos
Riesgos de trabajo: son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los empleados en ejercicio o con motivo del trabajo. Se considera accidente de trabajo toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior; o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que dicho trabajo se preste.
También se considerará accidente de trabajo el que se produzca al trasladarse el trabajador, directamente de su domicilio al lugar del trabajo, o de éste a aquél.
Por esta razón es obligatorio asegurar en el IMSS a cada uno de los empleados al momento de su ingreso a la empresa y evitar contingencias por algún tipo de accidente en el trayecto o en el trabajo.
La ley del SS establece como infracción la omisión del patrón de no inscribir a sus empleados ante el IMSS o hacerlo de forma extemporánea. Dicha infracción se sancionará con una multa equivalente al importe de veinte a trescientas cincuenta veces el salario mínimo diario general vigente en la CDMX.
Los patrones están obligados a inscribir a sus trabajadores en el Instituto, comunicar sus altas, dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles.
No se considerarán para los efectos de esta Ley, riesgos de trabajo los que sobrevengan por alguna de las causas siguientes:
- Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador en estado de embriaguez;
- Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador bajo la acción de algún psicotrópico, narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción suscrita por médico titulado y que el trabajador hubiera exhibido y hecho del conocimiento del patrón lo anterior;
- Si el trabajador se ocasiona intencionalmente una incapacidad o lesión por sí o de acuerdo con otra persona;
- Si la incapacidad o siniestro es el resultado de alguna riña o intento de suicidio,
- Si el siniestro es resultado de un delito intencional del que fuere responsable el trabajador asegurado.
El patrón deberá dar aviso al Instituto del accidente o enfermedad de trabajo. El patrón que oculte la realización de un accidente sufrido por alguno de sus trabajadores durante su trabajo o lo reporte indebidamente como accidente en trayecto, se hará acreedor a las sanciones que determine la Ley del SS.
Si el patrón hubiera manifestado un salario inferior al real, el Instituto pagará al asegurado el subsidio o la pensión a que se refiere este capítulo, de acuerdo con el salario en el que estuviese inscrito, sin perjuicio de que, al comprobarse su salario real, el Instituto le cubra, con base en éste la pensión o el subsidio.
Los riesgos de trabajo pueden producir:
- Incapacidad temporal;
- Incapacidad permanente parcial;
- Incapacidad permanente total, y
- Muerte.
Se entenderá por incapacidad temporal, incapacidad permanente parcial e incapacidad permanente total, lo que al respecto disponen los artículos relativos de la Ley Federal del Trabajo.
Si no estas registrado en el IMSS como patrón y quieres asegurar a tus empleados nosotros te brindamos la asesoría que requieras contáctanos: https://greatteam.mx/contactanos
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by greatteam-rh | Feb 19, 2025 | Ley Federal del Trabajo, NOM-035, Reclutamiento y Selección, Recursos Humanos
Independientemente que la NOM-035 es una norma de cumplimiento obligatorio que rige en todo el territorio mexicano y para todos los centros de trabajo, es de suma importancia que se comprenda la importancia de las ventajas que proporciona a las empresas.
Es fundamental, porque determina las condiciones mínimas necesarias en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, a efecto de prevenir accidentes y enfermedades laborales. Busca evitar el estrés laboral y otros riesgos psicosociales que pueden tener un impacto negativo en la salud de los colaboradores, afectar su seguridad y su rendimiento en el trabajo, además de su satisfacción a nivel laboral.
Además, la NOM-035 es importante porque ayuda a las empresas a ser más competitivas. Un ambiente laboral saludable y seguro puede mejorar la productividad, reducir la rotación de personal y mejorar la imagen de la empresa.
De igual manera, los colaboradores son más valorados, ya que pueden ser tomados en cuenta para incentivar mejoras en las condiciones laborales, sin duda, analizar el clima favorecerá a la empresa para conocer la percepción de sus colaboradores, así como, fortalecer la integración y la unidad en el equipo de trabajo.
Una mirada integral a la salud de los recursos humanos
Actualmente, sabemos que las enfermedades como el estrés grave, la ansiedad, la depresión, entre otras, pueden tener un impacto negativo en nuestra salud, y por lo tanto en nuestra jornada laboral. Por esta razón, la NOM-035 es fundamental para la atención de la salud integral de los recursos humanos y para el desempeño de las empresas.
En términos prácticos, la norma se encarga de evaluar y habilitar acciones de control sobre los siguientes aspectos que pueden tener consecuencias en la salud de las personas:
- Condiciones en el ambiente de trabajo: hostigamiento, relaciones negativas, entre otros.
- Cargas de trabajo.
- Falta de control sobre el trabajo.
- Jornadas de trabajo y rotación de turnos.
- Interferencia en la relación trabajo-familia.
En definitiva, cada uno de estos puntos están regulados y su cumplimiento, según marca la ley, es fundamental para la promoción en un entorno organizacional favorable y evitar los riesgos laborales que tienen consecuencia directa en la salud mental, física y emocional de la fuerza laboral.
El clima organizacional favorece el desempeño laboral, la motivación y salud mental de los colaboradores, así como fortalece la integración de los miembros de la organización, la unidad en el equipo de trabajo; sin dudas, analizar el clima favorecerá a la empresa para conocer la percepción de sus colaboradores e identificar cuáles factores requieren un cambio.
Con Great Team puedes cumplir con la NOM-035 a través de la aplicación de los cuestionarios de la norma a todos tus colaboradores y la generación de reportes que necesites presentar. Además, te brindamos recomendaciones generales para ayudar a identificar y promover acciones que mejorarán las relaciones laborales dentro de tu equipo.
¿Cuáles son las obligaciones que impone la norma?
A pesar de que todas las empresas en México deben cumplir con la NOM-035, es importante que sepas que este campo de aplicación tiene 3 divisiones distintas, depende del tamaño de la organización:
- Empresas que no superan 15 empleados.
- Organizaciones compuestas entre 16 y 50 trabajadores.
- Empresas donde el número de trabajadores sea mayor de 50.
Los empleadores deben saber qué tipo de aplicación deben establecer la NOM 035, dependiendo del tamaño de la organización.
La norma oficial mexicana NOM-035 genera obligaciones, tanto para las organizaciones, como para los trabajadores en todo el territorio nacional. A continuación, te mostramos algunas de ellas:
Para las empresas
- Brindar información sobre los riesgos en el entorno laboral.
- Aplicar una política para prevención de los riesgos psicosociales y la violencia laboral.
- Conocer el entorno organizacional, con la finalidad de promover un espacio positivo y generar sentido de pertenencia por parte de los empleados.
- Identificar y prevenir los factores de riesgo en los lugares de trabajo.
- Realizar exámenes médicos preventivos.
- Hacer un registro de los análisis de factores de riesgo psicosociales, del entorno organizacional y, por supuesto, de las medidas adoptadas y los trabajadores que tuvieron que hacerse los exámenes médicos.
Para los colaboradores
- Cumplir con las medidas de prevención informadas y ser partícipe de los eventos relacionados con la información
- Colaborar con la seguridad en el ambiente laboral.
- Denunciar cuando haya riesgos o eventos de violencia laboral.
- Someterse a los exámenes médicos correspondientes.
- Abstenerse de realizar tareas que no correspondan con las medidas establecidas por la NOM 035. Al contrario, el trabajador también debe fomentar la promoción de un entorno organizacional favorable.
- Ser parte del reconocimiento e identificación de los factores de riesgo psicosocial y de la evaluación del entorno organizacional para el cual trabaja.
Con Great Team puedes cumplir con la NOM-035 a través de la aplicación de los cuestionarios de la norma a todos tus colaboradores y la generación de reportes que necesites presentar. Además, te brindamos recomendaciones generales para ayudar a identificar y promover acciones que mejorarán las relaciones laborales dentro de tu equipo.
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by greatteam-rh | Feb 13, 2025 | Ambiente Laboral, Recursos Humanos
Las vacaciones son fundamentales para que los colaboradores se recuperen del desgaste físico y mental causado por sus responsabilidades diarias.
Proporcionan descanso, reducen el estrés, fomentan la creatividad, mejoran el equilibrio entre el trabajo y la vida personal, y brindan oportunidades de desarrollo. Todos estos factores contribuyen a incrementar el bienestar y el compromiso de los colaboradores, así como su capacidad para enfrentar desafíos y generar ideas innovadoras, lo que en conjunto se refleja en una mayor productividad de las organizaciones.
“Es importante recordar que el descanso es una inversión en el éxito”
Puntos esenciales de las vacaciones:
Determinación del periodo vacacional
Los trabajadores con más de un año de servicios tienen derecho a un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso puede ser inferior a 12 días laborables, los cuales aumentarán cada año dos días hasta llegar a 20 y después del sexto año, dos días más por cada cinco años trabajados (art. 76, Ley Federal del Trabajo (LFT). La regla para su incremento se ilustra de la siguiente forma:
Para determinar el periodo vacacional a disfrutar de cada subordinado, debe considerarse el tiempo laborado por este, excluyendo aquellos por:
- Faltas injustificadas
- Permisos o licencias sin goce de salario, e
- Incapacidades por enfermedad general
Tratándose del tiempo otorgado por incapacidades por riesgos de trabajo y por maternidad e inclusive los permisos por paternidad, se tomará como efectivamente laborado, porque en esos supuestos no se suspende la relación laboral (arts. 42; 127, frac IV; 132, frac XXVII Bis y 170, frac II y V, LFT).
Prima vacacional
La prima vacacional es una prestación accesoria, que no puede ser menor del 25 % sobre los salarios correspondientes a las vacaciones (art. 80, LFT).
Este concepto tiene que cubrirse cuando el empleado disfruta sus vacaciones, con el fin de utilizar la cantidad recibida para solventar los gastos extraordinarios que se pudiesen generar en las actividades programadas en esos días.
Sin embargo, es común que las empresas paguen la prima vacacional al celebrase el aniversario laboral; si bien esto no es lo correcto, desafortunadamente ha sido una práctica aceptada por las autoridades laborales.
A pesar de ello, se corre el riesgo de que los trabajadores reclamen diferencias de lo entregado por este concepto, si el salario vigente cuando se otorgó la prima vacacional era inferior al del disfrute del descanso (art. 89, LFT).
Renuncia al periodo vacacional
No es posible sustituir el goce de las vacaciones por la entrega de dinero, vales, o cualquier otra forma de pago; salvo que la relación laboral termine antes de concluir el año, ya que en esa hipótesis se finiquitan los días de vacaciones devengados y no disfrutados (art. 79, LFT).
Además, la renuncia de las vacaciones no produce ningún efecto legal, por lo que si el patrón acuerda con el trabajador que este no gozará de dicha prerrogativa y a cambio recibirá el equivalente a su salario, se corre el riesgo de que aquellas sean demandadas por en un juicio laboral (art. 5o. XIII, LFT).
Por otra parte, esa mala praxis traería repercusiones en seguridad social, porque la cantidad que reciba el subordinado se consideraría como una gratificación extraordinaria; por tanto, sería un elemento variable en la integración del salario base de cotización (SBC) que sirve para calcular y enterar las cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social y las aportaciones de vivienda al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (arts. 27, primer párrafo y 34, frac II, Ley del Seguro Social).
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by greatteam-rh | Feb 13, 2025 | Sin categoría
La modalidad 40 es una forma de continuar cotizando en el Instituto Mexicano del Seguro Social a través de su Inscripción a la continuación voluntaria al régimen obligatorio del IMSS. Es obligatorio haber causado baja en el régimen obligatorio del seguro social para poder inscribirse a esta modalidad.
Esta modalidad únicamente es recomendable para aquellos trabajadores que cotizaron ante el IMSS antes del 01 de julio de 1997, es decir que están bajo la ley 73.
El asegurado deberá elegir el salario en el que desea cotizar, el cual podrá ser mayor o igual al que tenía registrado al momento de la baja en el régimen obligatorio, y como máximo el valor de 25 veces la Unidad de Medida y Actualización, es decir $2,828.50 diarios.
A partir de la entrada en vigor de la Ley del Seguro Social de 1997, la continuación voluntaria en el régimen obligatorio no genera el derecho a los servicios médicos. Se tiene la opción de contratar estos de manera independiente a través del Seguro de Salud para la Familia y tampoco se destina ningún porcentaje a los recursos para la subcuenta de vivienda del Infonavit.
Los asegurados en esta modalidad únicamente gozan de los seguros en conjunto de Invalidez y Vida, de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez. El pago de las cuotas respectivas es por mensualidades adelantadas a mas tardar los días 17 del mes de que se trate.
El asegurado al momento de inscribirse en la continuación voluntaria podrá optar por continuar protegido a partir de la fecha que elija entre la de su solicitud de inscripción en la continuación voluntaria o la del día siguiente de su baja, debiendo cubrir en todo caso, las cuotas que no fueron enteradas al Instituto
El asegurado que no pague sus cuotas oportunamente o haya sido dado de baja por mora y desee volver a contratar la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, deberá pagar sus cuotas retroactivamente con los recargos correspondientes
Las cuotas de la Modalidad 40 para este 2025 son:
- 1 salario mínimo la cuota será sobre el 10.0750%
- De 2.4651 a 3 UMAS la cuota será sobre el 11.8790%
- De 3.01 a 3.5 UMAS la cuota será del 12.2320%
- De 3.51 a 4 UMAS la cuota será del 12.6720%
- De 4.01 a 25 UMAS la cuota será del 13.3470%
COSTO DE LA MODALIDAD 40 EN 2025 |
UMA |
COTIZACIÓN DIARIA |
COSTO DE MODALIDAD |
PAGO DIARIO |
IMPORTE MENSUAL |
1 |
278.80 |
10.0750% |
28.09 |
853.91 |
2.4651 |
278.90 |
11.8790% |
33.13 |
1,007.17 |
3.01 |
340.55 |
12.2320% |
41.66 |
1,266.34 |
3.51 |
397.12 |
12.6720% |
50.32 |
1,529.82 |
4.01 |
453.69 |
13.3470% |
60.55 |
1,840.84 |
5 |
565.70 |
13.3470% |
75.50 |
2,295.32 |
6 |
678.84 |
13.3470% |
90.60 |
2,754.39 |
7 |
791.98 |
13.3470% |
105.71 |
3,213.45 |
8 |
905.12 |
13.3470% |
120.81 |
3,672.51 |
9 |
1,018.26 |
13.3470% |
135.91 |
4,131.58 |
10 |
1,131.40 |
13.3470% |
151.01 |
4,590.64 |
11 |
1,244.54 |
13.3470% |
166.11 |
5,049.71 |
12 |
1,357.68 |
13.3470% |
181.21 |
5,508.77 |
13 |
1,470.82 |
13.3470% |
196.31 |
5,967.83 |
14 |
1,583.96 |
13.3470% |
211.41 |
6,426.90 |
15 |
1,697.10 |
13.3470% |
226.51 |
6,885.96 |
16 |
1,810.24 |
13.3470% |
241.61 |
7,345.03 |
17 |
1,923.38 |
13.3470% |
256.71 |
7,804.09 |
18 |
2,036.52 |
13.3470% |
271.81 |
8,263.16 |
19 |
2,149.66 |
13.3470% |
286.92 |
8,722.22 |
20 |
2,262.80 |
13.3470% |
302.02 |
9,181.28 |
21 |
2,375.94 |
13.3470% |
317.12 |
9,640.35 |
22 |
2,489.08 |
13.3470% |
332.22 |
10,099.41 |
23 |
2,602.22 |
13.3470% |
347.32 |
10,558.48 |
24 |
2,715.36 |
13.3470% |
362.42 |
11,017.54 |
25 |
2,828.50 |
13.3470% |
377.52 |
11,476.60 |
Te invitamos a descargar nuestra calculadora de Pensión-Ley 73, donde podrás obtener o proyectar el importe a recibir de tu pensión: https://greatteam.mx/calculo-imss/
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