Determinación de ISR por sueldos y salarios

La ley del ISR menciona que son ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral, incluyendo la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas y las prestaciones percibidas como consecuencia de la terminación de la relación laboral.

Quienes hagan pagos por los conceptos que se mencionan están obligados a efectuar retenciones y enteros mensuales que tendrán el carácter de pagos provisionales a cuenta del impuesto anual. No se efectuará retención a las personas que en el mes únicamente perciban un salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente.

Las personas físicas, así como las personas morales enterarán las retenciones mencionadas a más tardar el día 17 de cada uno de los meses del año de calendario.

Las personas obligadas a efectuar retenciones en términos del artículo 96 de la Ley, cuando hagan pagos que comprendan un periodo de siete, diez o quince días, podrán optar por efectuar la retención de acuerdo con lo establecido en este artículo, o bien, aplicando a la totalidad de los ingresos percibidos en el periodo de que se trate, la tarifa del artículo mencionado, calculada en semanas, decenas o quincenas, según corresponda, que para tal efecto publique en el Diario Oficial de la Federación el SAT.

Las personas obligadas a efectuar retenciones en términos del artículo 96 de la Ley, podrán optar por efectuar mensualmente la retención que resulte de acuerdo con dicho artículo debiendo expedir el comprobante fiscal respectivo o conforme al procedimiento siguiente:

  1. Antes de realizar el primer pago por los conceptos a que se refiere el artículo 94 de la Ley, correspondiente al año de calendario por el que se calculen las retenciones en términos de este artículo, determinarán el monto total de las cantidades que pagarán al trabajador por la prestación de un servicio personal subordinado en dicho año, y
  2. El monto que se obtenga conforme a la fracción anterior se dividirá entre doce y a la cantidad así determinada se le aplicará el procedimiento establecido en el artículo 96 de la Ley. El resultado obtenido será el Impuesto a retener.

Las personas obligadas a efectuar retenciones en términos del artículo 96 de la Ley, cuando paguen en función de cantidad de trabajo realizado y no de días laborados, podrán optar por efectuar la retención de acuerdo con lo establecido en dicho artículo o de acuerdo con el siguiente procedimiento:

  1. Considerarán el número de días efectivamente trabajados para realizar el trabajo determinado;
  2. Dividirán el monto del salario entre el número de días a que se refiere la fracción anterior y al resultado se le aplicará la tarifa del artículo 96 de la Ley calculada en días, que para tal efecto publique en el Diario Oficial de la Federación el SAT, y
  3. La cantidad que resulte conforme a la fracción anterior se multiplicará por el número de días determinados de acuerdo con la fracción I de este artículo y el producto será el Impuesto a retener.

En Great Team podemos asesorarte con el cumplimiento correcto de la determinación del ISR mensual, quincenal o semanal de tus empleados. contáctanos: https://greatteam.mx/contactanos

Te invitamos a descargar nuestra Calculadora de Nómina, donde podrás determinar de forma correcta el pago de la nómina mensual, quincenal o semanal de tus empleados: https://greatteam.mx/calculo-imss/

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Atracción y Retención de talento

En el mercado laboral actual, atraer y retener a los mejores talentos se ha convertido en una prioridad.

La batalla por el talento continúa, y las empresas necesitan estrategias efectivas para atraer e identificar a los mejores candidatos y retener a los mejores profesionales.

La búsqueda y selección de hoy en día identifica el talento con habilidades específicas que se alinean con los valores estratégicos de la organización, cuando el colaborador coincide, se involucra más en la consecución de los objetivos, lo que resulta muy benéfico para la empresa y colaborador

Una alta tasa de retención muestra que la empresa ha logrado atraer y retener a empleados altamente calificados, lo que a su vez contribuye a la estabilidad y continuidad de las operaciones con eficiencia y calidad

Una de las razones se debe a que las nuevas generaciones, como los Millennials y la Generación Z, presentan nuevas inquietudes y valoran aspectos que van más allá del salario, como el equilibrio entre la vida personal y laboral, el desarrollo profesional y un propósito claro en su trabajo.

Lo anterior impacta en la búsqueda y oferta de beneficios, pero también cabe mencionar que la movilidad laboral ha aumentado, haciendo que los colaboradores cambien de empleo con mayor frecuencia, porque a diferencia de generaciones anteriores, no se ven en una misma empresa por muchos años.

Igualmente, la llegada del teletrabajo (Home office) ha cambiado la forma en la que los nuevos colaboradores se integran en la empresa, podemos asegurar que reciben toda la información necesaria para comenzar su trabajo sin necesidad de asistir a la oficina.

La flexibilidad laboral es una tendencia cada vez más popular en el mundo de las empresas, lo que ha llevado a un aumento en la demanda de horarios de trabajo flexibles. Los colaboradores desean una mayor flexibilidad para equilibrar su vida laboral y personal, lo que a su vez les permite ser más productivos y estar más comprometidos con su trabajo.

El compromiso de los colaboradores es crucial para el éxito de cualquier organización. Un alto nivel de compromiso se traduce en un mejor desempeño, mayor satisfacción laboral y una menor rotación de personal.

El compromiso laboral existe cuando el trabajador se identifica con los valores de la empresa y se involucra en la consecución de los objetivos, lo cual resulta muy beneficioso para la compañía

Para retener exitosamente al talento interno y evitar la fuga de talentos, se necesita:

Contratar a personas compatibles con la cultura y los objetivos de la organización. De nada servirá esforzarnos para fidelizar a un trabajador que no comparte en nada la visión empresarial que se tiene.

Propiciar un buen clima laboral. El dinero no lo es todo: recuerda que nadie va a durar demasiado en un lugar de trabajo tóxico donde hay favoritismos o nepotismos.

Cultivar la comunicación interna. Gracias a la comunicación interna tus empleados podrán: sumergirse en la cultura de la empresa e identificarse con ella, estar informados, participar en la toma de decisiones, ser escuchados, sentirse reconocidos, cultivar sus relaciones interpersonales y estar motivados.

Ofrecer posibilidades de crecimiento profesional. Recuerda que uno de los principales motivos por el cual el talento se marcha de una organización es la imposibilidad de ascender dentro de la misma.

Dar y pedir retroalimentación constructiva. Esto permitirá corregir errores, reforzar aspectos positivos y mejorar el desempeño de la plantilla.

Great Team, asesor en Capital Humano, te apoya a evaluar el talento de tus colaboradores  con habilidades específicas e importantes que se identifiquen con los valores estratégicos de la empresa. ¡Contáctanos ¡

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Timbrado de viáticos en el recibo de Nómina

Todos los contribuyentes por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que perciban, por el pago de sueldos, salarios o por las retenciones de impuestos que efectúen, deben emitir factura electrónica.

Los contribuyentes que hagan pagos por concepto de sueldos y salarios podrán dar por cumplidas las obligaciones de expedir la constancia y el comprobante fiscal del monto total de los viáticos pagados en el año de calendario mediante la expedición y entrega en tiempo y forma a sus trabajadores del CFDI de nómina, siempre que en dicho CFDI hayan reflejado la información de viáticos que fueron entregados, así como los importes comprobados y no comprobados.

Cuando se entreguen viáticos al trabajador este dato podrá reportarse de cualquiera de las siguientes formas:

a) En el CFDI de nómina del período que comprenda la fecha en que el recurso fue entregado al trabajador.

b) En el CFDI de nómina siguiente a aquel que corresponda a la fecha en que fue entregado el recurso al trabajador, siempre y cuando se emita dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de la entrega del recurso al trabajador y dentro del mismo ejercicio fiscal en que se entregó el recurso al trabajador.

c) En un CFDI de nómina independiente, que ampare sólo la entrega del viático, siempre y cuando se emita dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de la entrega del recurso al trabajador y dentro del mismo ejercicio fiscal en que se entregó el recurso al trabajador.

Los viáticos entregados y no comprobados en el mismo periodo que ampara el CDFI de nómina emitido, deben registrarse en el campo “TipoOtroPago” y clasificarlo con la clave “003” (Viáticos entregados al trabajador) del catálogo c_TipoOtrosPago.

Los viáticos que no se comprueben por parte del trabajador o no reúnan los requisitos fiscales y a los que no les aplique lo dispuesto en el artículo 152 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, ni se consideren como gasto no deducible por el patrón5, deberán reflejarse en el CFDI de nómina en el campo “TipoPercepcion” como percepciones gravadas del trabajador, usando la clave 050 (Viáticos) del catálogo de tipo de percepciones, el valor se debe registrar en el campo de importe gravado.

Tratándose de viáticos a los que se aplique lo dispuesto en los artículos 93 fracción XVII de la Ley del impuesto sobre la Renta y 152 del Reglamento de la Ley del impuesto sobre la Renta deberán reflejarse en el CFDI de nómina en el campo “TipoPercepcion” como percepciones exentas del trabajador usando la clave “050” (Viáticos) del catálogo tipo de percepciones, el valor se debe registrar en el campo de importe exento.

Una vez realizado el registro del viático comprobado y del no comprobado, se deberá registrar la misma cantidad como descuento utilizando para ello la clave de descuento “081” (Ajuste en Viáticos entregados al trabajador), esto a efecto de realizar el “neteo” de las cantidades que ya fueron previamente entregadas.

En Great Team podemos asesorarte con el cumplimiento correcto del timbrado de los viáticos entregados y recibidos de tus empleados. contáctanos: https://greatteam.mx/contactanos

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Cambio de domicilio en el IMSS

Es una obligación fiscal comunicar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) cualquier modificación que se realice en la empresa o negocio, como el cambio de domicilio; el cual debe ser notificado al Instituto en un plazo de 5 días hábiles a partir de que ocurra el cambio.

Como patrón, debes notificarlo al IMSS, en caso de no haber cambiado de clase, podrás continuar cubriendo tus cuotas con la misma prima con la que venías cotizando.

No dar aviso al IMSS o hacerlo de forma extemporánea es una infracción a la Ley del Seguro Social, conforme al artículo 304 A, fracción XVI.

La infracción señalada en el artículo anterior, se sancionarán considerando la gravedad y condiciones particulares del infractor con multa equivalente al importe de veinte a setenta y cinco veces el salario mínimo diario general vigente en la CDMX.

El cambio de domicilio lo puedes realizar en línea o acudiendo directamente a la subdelegación del IMSS.

Los requisitos son:

1. Aviso de Inscripción Patronal o de Modificación en su Registro (AFIL-01).

2. Aviso de Modificación de las empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo.

3. Aviso presentado ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

4. Comprobante de domicilio del centro de trabajo.

5. Tarjeta de Identificación Patronal (TIP).

6. Poder Notarial del Representante Legal

7. Identificación del Representante Legal

En Great Team podemos asesorarte con el cumplimiento correcto de tus obligaciones fiscales en el IMSS. contáctanos: https://greatteam.mx/contactanos

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¿Conoces el programa Empresas de Diez del Infonavit?

Introducción

Es un programa de reconocimiento y beneficios para las empresas que tienen un serio compromiso con sus colaboradores al pagar completa y puntualmente sus aportaciones y amortizaciones durante 10 bimestres continuos y no cuentan con adeudos vigentes ante el Infonavit

El programa Empresas de Diez reconoce a las empresas que cumplen con sus obligaciones patronales y mantienen un excelente comportamiento fiscal y jurídico con el Infonavit.

Estos programas buscan incentivar el cumplimiento puntual de las obligaciones patronales de las empresas líderes en su segmento para que sean un referente en las prestaciones y estabilidad laboral que brindan a sus colaboradores

Desarrollo

El programa Empresa de Diez cuenta con un objetivo principal: reconocer y ofrecer beneficios a los patrones que cumplen puntualmente y de forma continua con el pago de sus aportaciones y amortizaciones patronales durante al menos los últimos 10 bimestres y que, además, no tienen adeudos vigentes ante el Infonavit, ya que éstas son acciones que muestran el compromiso que tienen con sus colaboradores.

Beneficios

  • Las empresas que participan son reconocidas públicamente en los eventos organizados por las delegaciones del Infonavit.
  • Se les otorga un certificado que las avala como empresas cumplidas, el cual pueden descargar desde el Portal Empresarial.
  • Servicios especiales por parte del Instituto atendiendo a sus necesidades y a las de sus colaboradores.
  • Los patrones que hayan sido Empresas de Diez en algún momento durante el último año podrán adherirse a la Campaña de Facilidades de Pago para la Regularización de Adeudos Fiscales Cumplamos Juntos, que considera una modalidad especial y les otorga un porcentaje superior de condonación en recargos, multas y actualización de multas, en caso de tener algún adeudo con el Instituto.

Requisitos

  • Las empresas deben cubrir bimestralmente con el 97% de la factura como mínimo. El 3% restante debe subsanarse durante la actualización de los movimientos afiliatorios pendientes de aplicar en cada periodo.
  • Cumplir puntualmente con el pago completo de las aportaciones y amortizaciones al Infonavit durante los últimos 10 bimestres de manera continua, a más tardar en la fecha límite de pago establecida.
  • No contar con indicios de evasión, auditorías activas, quejas abiertas o en proceso ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), medios de defensa contra el Instituto o pagos en exceso por concepto de amortización de créditos liquidados.
  • El análisis de Empresas de Diez se realiza por grupo empresarial (RFC), por lo que es necesario que todos los Números de Registro Patronal (NRP) cumplan con los requisitos mencionados, un incumplimiento a los requisitos puede causar la descalificación de todo el grupo o corporativo

Procedimiento

Ingresa al Portal Empresarial en el siguiente enlace: https://bit.ly/3YF6xlF y en el módulo Consultas da clic en el apartado Empresas de Diez.

Great Team siempre interesado en compartir información con empresarios de Diez.

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